domingo, 27 de octubre de 2013

"El Tratado de Itaipú, el gran despojo a la soberanía paraguaya"

27 de Octubre de 2013  

Nuevo libro sobre Itaipú

“El Tratado de la Itaipú Binacional, el gran despojo a la soberanía paraguaya” es el título del ensayo elaborado por Marcos Aurelio Estigarribia Irala, presentado en el Cabildo el 8 de octubre del año en curso a la consideración pública.
Tapa del libro El Tratado de la Itaipú... el gran despojo.
Tapa del libro El Tratado de la Itaipú... el gran despojo. / ABC Color
El joven profesional del derecho señala en su libro que al quebrantarse el artículo XIII del Tratado de Itaipú del 26 de abril de 1973, que divide “en partes iguales entre los dos países” la energía producida por el aprovechamiento hidroeléctrico, se desobedecen normas establecidas en la Constitución Nacional. Para la explotación de los recursos naturales de dominio del Estado el artículo 101 de la Constitución de 1967 precisaba que no “se concederán privilegios que priven al Estado de una participación justa en los beneficios de la explotación de aquellos recursos”.
No obstante señalamos, al desentenderse el socio condómino de un precio justo por la energía no utilizada por el otro, queda para la margen derecha apenas el 5% como provecho y es cuando se configura la pérdida de lo que se posee o “el gran despojo de la soberanía paraguaya”.
Otras transgresiones, afirma el autor, se observan entre otros, cuando se incumplen varias disposiciones del Derecho Internacional General contenidas en las Resoluciones 1803/62 y 3281/74 de las Naciones Unidas.
Se puede ver, dice, que en la Resolución 1803 del año 1962 se insiste sobre el derecho de los pueblos y de las naciones a la “soberanía permanente sobre (sus) los recursos naturales”. Señala también con asombro que entre los otros puntos declarados por la Asamblea General “ninguna tiene relación armónica, ni tampoco se complementan con los términos del Tratado”. Esta Resolución dice: “puede ser la punta de lanza para abrir la brecha y una herida mortal a las pretensiones hegemónicas y abusivas del Estado brasileño”.
El autor considera también que, según los principios fundamentales de las relaciones económicas internacionales, declaradas en la Resolución 3281 de la Asamblea General del 12 de diciembre de 1974, las relaciones económicas, políticas y de otras índoles entre los Estados se regirán entre otros por el “c) Beneficio mutuo y equitativo”. Sin embargo, para Estigarribia, “el Tratado impide al Paraguay usar o disponer de la energía que quiera”. También, “la utilización de la energía (le) está limitado por un cronograma de uso…”. El abogado trae a colación el Anexo “C” del Tratado de 1973, que establece que la potencia instalada se contratará con Itaipú “por periodos de veinte años” (actualmente diez años).
El escritor también advierte que el Tratado de Itaipú es nulo por estar viciado de las causales de nulidad contempladas en la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados del año 1969.
Ya el jurista Gustavo De Gásperi al respecto indicaba que “la violación de una disposición esencial para la consecución del objeto o fin del tratado” puede dar lugar a su invocación como “causa para dar por terminado el tratado o para suspender su aplicación total o parcialmente” (Artículo 60 de la Convención).
Por todo ello, el novel escritor sobre el despojo de la soberanía recomienda que el Paraguay sin más trámites inicie el reclamo pertinente.
En el mismo sentido, el profesional del derecho pide al primer magistrado, como responsable de las relaciones exteriores del país, replantear el primer punto de la Declaración del 25 de julio de 2009 entre los presidentes Lugo y Lula Da Silva. El pedido tiene relación con libre disponibilidad de la energía paraguaya aprovechada por la Eletrobrás por una irrisoria compensación pagada por el Tesoro brasileño. Es urgente, recomienda, que la ANDE la pueda comercializar en el mercado brasileño a un precio justo y en trato directo con las empresas brasileñas consumidoras de electricidad.
Vale la pena destacar que el excedente paraguayo adquirido a precio de costo, unos 44 US$/MWh, nunca benefició realmente al pueblo brasileño y menos aun el pueblo paraguayo. La que se beneficia es la empresa compradora Eletrobrás -empresa mixta con 48% de capital privado- en complicidad con sus distribuidoras de energía al vender energía eléctrica al desprevenido pueblo brasileño hasta a unos 235 US$/MWh, quintuplicando el precio de costo de la compra de Itaipú.
Con este perverso diseño, que debiera cortar el Gobierno brasileño, la Eletrobrás no solo ha conspirado contra el progreso del pueblo paraguayo, sino también del brasileño, cumpliendo a la perfección su papel de aprovechador desvergonzado de la riqueza de todo un pueblo con la finalidad de llenar las faltriqueras de unos pocos multimillonarios accionistas.
El trabajo de investigación del joven abogado Marcos Estigarribia sobre la entrega de nuestra soberanía energética al servicio del desarrollo de Brasil no hace más que corroborar las denuncias que sobre el leonino Tratado, desde 1973, viene publicando ABC Color, la Contraloría, la Comisión de Entes Binacionales Hidroeléctricos y algunos profesionales preocupados por la suerte de nuestro país. Todo ello, con mucha resistencia de parte de compatriotas adherentes al discurso de Itamaraty para quienes Itaipú es una concesión graciosa brasileña al Paraguay. Un párrafo de la página 27 del ensayo describe a los negociadores paraguayos que participaron en la redacción del Tratado “… no sufrían de cretinismo ni eran débiles mentales, pero de igual manera aceptaron (los términos del Tratado) sin siquiera sugerir modificaciones; lo que nunca sabremos es el precio de la aceptación del Tratado de la Itaipú Binacional”.
El doctor Jeffrey Sachs también se pronunció sobre Itaipú, especialmente sobre la sobredimensionada y vergonzosa deuda que a su juicio ya fue totalmente honrada. Sin embargo, lamentablemente, pocas son las voces que desde el ámbito jurídico se pronuncian sobre Itaipú. La mayoría de ellas contratadas por los gobiernos de turno, pagadas por las entidades binacionales, solo se destacaron por aportar un blindaje jurídico a las hidroeléctricas para hacerlas inviables el escrutinio estatal.
La nueva publicación, en el fondo, es un valioso aporte desde la perspectiva jurídica en la lucha reivindicatoria del pueblo paraguayo sobre sus derechos pisoteados en Itaipú con la complicidad de los gobiernos paraguayos de turno.
Finalmente, es importante recordar que el Paraguay no es cualquier nación. Aunque igual a sus vecinos, su fuerte identidad nacional lo hace diferente a todos. Desde su independencia, hace dos siglos, no pudieron con él las guerras, las revoluciones, los saqueos, la dictadura, los inútiles, los corruptos, los oportunistas y los inmorales. A pesar de los cimbronazos a lo largo de su historia, su dignidad sigue intacta y el alma nacional se resiste a vivir de rodillas en un mundo donde todo se compra y todo se vende. Razones por demás para apoyar y valorar el trabajo del abogado Marcos Estigarribia en su afán de reivindicar mayor justicia en Itaipú.

lunes, 14 de octubre de 2013

Deuda en Itaipú según Jeffrey Sachs

ABC Color 24 de abril de 2013. Parte de la entrevista al doctor Jeffrey Sachs:

–Por lo poco que se ha publicado en Paraguay como adelanto de su trabajo no quedó del todo claro su argumento, ¿podría explicarlo un poco más?
–Básicamente, lo que he estado tomando en cuenta son los siguientes elementos: la cantidad de electricidad que Paraguay ha exportado a Brasil, el monto de la deuda asumida inicialmente para construir la obra, los pagos recibidos por Paraguay por sus exportaciones y los pagos de intereses de la deuda. Y lo que estoy diciendo, por ejemplo, es que, históricamente, por muchos años, por imposición de Brasil, Paraguay no recibió casi nada por sus exportaciones. Y también que las cargas de intereses por la deuda estuvieron totalmente fuera de proporción en comparación con la práctica internacional. Por lo tanto, si se analiza la situación con supuestos razonables, tasas de interés razonables y pagos razonables por las exportaciones paraguayas, se torna bastante evidente que Paraguay ya no debe mucho, y, en mi opinión, nada.

domingo, 13 de octubre de 2013

"Itaipú, Yacyretá ¡Juicio ya!

13 de Octubre de 2013 | UNA BREVE RESEÑA

Crearon un directorio funcional a los intereses brasileños en Itaipú

Entregamos hoy la transcripción de la segunda conferencia que se dictó en el marco del panel del día 3 del presente mes, en el Cabildo, organizado por un grupo de compatriotas radicados en Buenos Aires, bajo la consigna “Itaipú, Yacyretá ¡Juicio Ya!”. Esta exposición fue elaborada y desarrollada por el general Juan Antonio Pozzo Moreno, autor de los libros “Itaipú, la apropiación indebida”, “Itaipú, una victoria bien brasileña” e “Itaipú, historia de un fraude”.
1- Itaipú, empresa binacional creada en el Tratado de Itaipú el 26 de abril de 1973 por Brasil y Paraguay para aprovechar equitativamente la producción hidroeléctrica del río Paraná, es la riqueza industrial más importante del Paraguay. Es como el cobre para Chile o el petróleo para Venezuela. Sin embargo, desviado el propósito principal de dividir en partes iguales la producción energética, el acuerdo solo logró beneficiar a Brasil.
Por paradójico que parezca, los defensores del leonino Tratado, muchos de ellos compatriotas, justifican esta apropiación indebida con la falacia que Brasil financió la obra y Paraguay solo puso el agua del condómino río. Es como decir que Venezuela y Chile solo aportan el petróleo o el cobre ignorando por completo sus relevancias económicas y estratégicas.
Es importante destacar que la construcción de la central hidroeléctrica la financió la propia Itaipú. Brasil, como dueña de la iniciativa y principal beneficiaria, solamente se limitó a garantizar los usurarios préstamos en su mayor parte otorgados por la estatal Centrais Elétricas Brasileiras S.A., Eletrobrás, que según lo estipula el Tratado debieran ser aportes.
No obstante la contribución de Paraguay, además del agua indispensable para la producción de la hidroelectricidad, le costó al país la inundación de unos 580 kilómetros cuadrados de lo mejor de su bosque Atlántico, la destrucción de su rica fauna y el desarraigo de más de 36 poblaciones nativas hoy deambulando por las periferias urbanas como mendigos sin tierra.
Carente de una exclusa de navegación, violando su política exterior, el Paraguay después de Itaipú es un país más mediterráneo agravado por la concesión de su riqueza más importante: la hidroelectricidad.
En el Tratado de Itaipú del 26 de abril de 1973, ratificado por la mayoría parlamentaria del oficialismo, se logró desviar sutilmente en el transcurso de su contexto el fin y el objeto del acuerdo. El notable jurista Gustavo De Gásperi destaca que para la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados la violación de la norma imperativa de la buena fe, vigente en el derecho internacional, es suficiente motivo de nulidad.
La división en partes iguales de la producción energética, modificada en el transcurso del documento, finalmente entregó la totalidad de la electricidad a Brasil, excepto una insignificante porción destinada a Paraguay.
2- El Tratado fue diseñado para que el principal órgano administrativo, el Directorio Ejecutivo, sea funcional a los intereses de Brasil. Sus principales direcciones, la Técnica y la Financiera, son controladas por funcionarios brasileños encargados de la producción y de asegurar la prioridad del pago a la Eletrobrás de una deuda inflada artificialmente que según los expertos ya fue totalmente cancelada.
La venta de la electricidad por debajo de su costo hasta 1996 disparó el pasivo de la binacional hasta cifras insospechadas. En vez de hacerse cargo las empresas compradoras, se imputó a Itaipú esta abultada cuenta rotulada como “espuria” por la prensa.
No obstante, la deuda según la Contraloría General de la República y la Comisión de Entes Binacionales Hidroeléctricos, dependiente de la Cancillería nacional, corroborada por el doctor Jeffrey Sachs, asesor económico del secretario general de las Naciones Unidas, ya fue suficientemente honrada.
Este descubrimiento, no ajeno a los profesionales paraguayos, difundido en el globalizado mundo de hoy, al igual que el Tratado Secreto de la Triple Alianza, pone al descubierto la corrupción comprometiendo gravemente la credibilidad del socio condómino.
El pasivo, artificialmente acrecentado, es la herramienta al servicio de Brasil para subordinar Itaipú a sus intereses económicos hasta el 2023, una práctica común de los centros financieros mundiales que exigen a los gobiernos el pago prioritario por sus préstamos sin importar la vulnerabilidad de los países afectados.
También el mismo Tratado, hasta el año 1986, responsabilizaba a Itaipú del pago de la compensación de la energía no utilizada o energía excedente. Una contradicción que exigía auto compensarse a Paraguay en su calidad de la otra Alta Parte contratante. Este requisito actualmente lo cumple el Tesoro brasileño que hasta ahora se desentiende del justo precio estipulado el Acta Final de Foz de Yguazú de junio 1966.
Con este perverso mecanismo la energía paraguaya es derivada gratuitamente a la Eletrobrás por una irrisoria compensación abonada por el Tesoro brasileño.
Para asegurar el control total de la entidad binacional, el Tratado autorizaba a la seguridad de la margen izquierda intervenir en la margen derecha. Esta grosera transgresión constitucional, avalada por el régimen gobernante, recién pudo corregirse a fines del año 1973.
Estas son las muestras de “Una victoria bien brasileña”, título de la publicación del periodista brasileño Murilo Melo Filho en la revista Manchete unos días después de la firma del Tratado.
3- La perversidad se hace más aberrante, cuando la energía no utilizada por la ANDE es habitualmente adquirida de Itaipú por la Eletrobrás a precio de costo para luego revenderla hasta quintuplicado en el mercado brasileño. Esta operación le es negada a la estatal paraguaya de electricidad, que así no puede disponer de la totalidad de su energía para administrarla conforme a sus propios intereses. Mientras, en el convertidor Garabí sobre el río Uruguay, se intercambian energía de Itaipú y Yacyretá Brasil y Argentina en una operación no permitida por el Tratado.
Se calcula que por la reventa de la electricidad paraguaya, ahorro de petróleo y el cobro de las deudas ya honradas, la Eletrobrás recibe cerca U$ 10.000 millones por año. Hasta hace poco, antes de la triplicación de la compensación por la cesión de energía, Paraguay recibía una media de unos US$ 65 millones anuales.
4- Para completar el latrocinio, abogados paraguayos contratados por ANDE, Itaipú y Yacyretá, en connivencia con el Poder Ejecutivo, consiguieron impedir, mediante la Corte Suprema de Justicia, el escrutinio estatal de las binacionales.
Es así que ni el Parlamento ni la CGR pueden auditar estas empresas. Una vergonzosa iniciativa de juristas paraguayos contratados por las binacionales y hábilmente aprovechada por el socio condómino.
5- Sigue siendo lamentable la indiferencia de los medios de comunicación, de los profesionales, de las instituciones públicas y privadas, salvo algunas honrosas excepciones, sobre esta problemática que afecta profundamente a la nación. No obstante, hoy compatriotas radicados en Argentina, reunidos en la Coordinadora “Juicio ya en Itaipú y en Yacyretá”, toman la posta.
Llama la atención que el Colegio de Abogados del Paraguay siga sin pronunciarse sobre la cuestión y así por delante los demás, inmersos en su pequeño mundo, levantan la ventanilla ahumada de sus costosos automóviles para desentenderse de la realidad y evadir su participación en la recuperación de la soberanía energética.
Realmente es de lamentar.
Mudos
Llama la atención que el Colegio de Abogados del Paraguay siga sin pronunciarse sobre la cuestión, nuestra riqueza más importante.
Irreales
Prefieren esconderse detrás de las ventanillas ahumadas de sus costosos automóviles y desentenderse de la realidad.
Evasión
Optan por evadir su participación en la recuperación de la soberanía energética de nuestro país. Realmente es para lamentar.
(*) juanantoniopozzo@gmail.com

domingo, 29 de septiembre de 2013

Inesperado cambio de escenario

29 de Setiembre de 2013  

Una oportuna coincidencia

 
No pasa desapercibido que la deuda de Itaipú, sobredimensionada artificialmente, ya fue totalmente cancelada. No es posible que el pasivo arreglado con Eletrobrás en US$ 16.225 millones en 1997, después de abonarse puntualmente las cuotas anuales programadas para cancelarlo, en vez de disminuir aumentara con cada pago. Recién en el 2010, luego de amortizarse 13 cuotas, el pasivo resultante de unos US$ 15.715,6 millones logró ubicarse por debajo del nivel de la deuda arreglada en 1997 (Suplemento Económico ABC Color 2 de octubre de 2011).
Las cuotas para amortizar la deuda, que ya incluían el usurario interés, resultaban notoriamente insuficientes al adicionársele otro interés (doble interés o factor de ajuste). Con este mecanismo, el saldo deudor aumentaba a favor de la usurera prestamista con cada cuota abonada.
Para que el sistema actúe, el doble interés o doble indexación se aplica al saldo deudor y no a la cuota anual. Así funcionó hasta el 2005, año en que se desestimó el insensato cálculo.
Valores absurdos
El Ing. Germán Escauriza, consultor del Senado y exmiembro (ad hoc) de la Comisión de Energía del Viceministerio de Minas y Energía, luego coordinador de la subcomisión de deuda de la Comisión de Entes Binacionales Hidroeléctricos (CEBH), advertía sobre los graves errores conceptuales y matemáticos del acuerdo de 1997 sobre la deuda de Itaipú con Eletrobrás.
Señalaba que esos errores solo beneficiaban a Eletrobrás, a las distribuidoras Furnas y Eletrosul y perjudicaban al Paraguay. La responsabilidad del hecho, decía, era imputable a consejeros y directores paraguayos de Itaipú. Afirmaba que la metodología de cálculo en los contratos de préstamos firmados entre Eletrobrás e Itaipú para la determinación de la pérdida del valor del dólar conducía a valores absurdos al aplicarse el factor de ajuste al saldo deudor y no a la cuota objeto de pago. Todo con la finalidad de generar prontas e indebidas ganancias a Eletrobrás S.A.
Por ejemplo, explicaba, aplicando un factor arbitrario del 3% para hacer el cálculo del reajuste firmado, al pagarse la primera cuota correspondiente al año 1997 de US$ 974.700.000: En vez de pagarse US$ 29.241.000 de ajuste (3% de US$ 974.700.000) se pagó US$ 1.024.770.000 (3% del saldo total de la deuda de US$ 34.159.070.000). El saldo actual de la deuda de la binacional, según informes brindados por el anterior presidente de la ANDE, Ing. Carlos Heisele, ronda hoy los US$ 13.900 millones.
- Totalmente cancelado
Sin embargo, la Contraloría General de la República, la CEBH, dependiente de la Cancillería, y el economista Jeffrey Sachs entienden que la deuda de Itaipú ya fue suficientemente honrada. De ser así, los más de US$ 2.000 millones destinados al pago anual de la cuota deberían ingresar equitativamente a ambas márgenes y no a Eletrobrás.
- Comunión de intereses
Esta comunión de intereses debiera interesar a las autoridades de ambos países, que bien pudieran reducir el costo de servicio de electricidad, aumentar los royalties, el pago de las utilidades por el capital integrado o mejorar el resarcimiento por cargas de administración o supervisión.
Al Gobierno paraguayo le vendría muy bien disponer de poco más de US$ 1.000 millones anuales para atender los compromisos asumidos en la gestión del “nuevo rumbo”.
El Dr. Sachs y su equipo de la Universidad de Columbia, con su estudio, creó el escenario ideal para que el cabo de mucho tiempo el Paraguay al fin pueda sacar algún provecho de Itaipú.
El principal, la no dependencia de la multinacional Eletrobrás que, emulando a los centros financieros globales, dicta la política económica de Itaipú en función a sus intereses y donde la víctima propiciatoria es Paraguay. El otro, por primera vez, el control de la iniciativa sobre la deuda, que de avalar su cancelación las Naciones Unidas, hará imposible al socio condómino justificar tamaño desaguisado.
(*) Autor de los libros Itaipú, la apropiación indebida. Itaipú, una victoria bien brasileña e Itaipú, historia de un fraude.

domingo, 15 de septiembre de 2013

Una irracional estafa para sustraerle lo que le fue dado

15 de Setiembre de 2013  

Una irracional estafa

Brasil y Paraguay decidieron construir una usina hidroeléctrica en el cauce del limítrofe río Paraná. La producción energética generada por la central hidroeléctrica debía dividirse en partes iguales entre los socios condóminos.
Como muestra de equidad, mediante el derecho de preferencia, cualquiera de las partes podía adquirir la energía no utilizada. No obstante, direccionada la normativa a la parte brasileña, esta quedaba condicionada a un precio justo como requisito necesario para proteger la soberanía de la parte paraguaya.
El compromiso fue formalizado en el Acta Final de Foz de Yguazú por los cancilleres Raúl Sapena Pastor, de Paraguay, y Juracy Magalhaes, de Brasil, el 22 de junio de 1966. Para llegar a este punto el Paraguay aceptó que las cataratas del Salto del Guairá, inserto en su territorio, sea declarado en condominio.
El 26 de abril de 1973, en Brasilia, ambos socios, basados en el preacuerdo de 1966 celebraron el Tratado de Itaipú.
Los asociados, para la construcción de la obra y su puesta en servicio, crearon en el documento la Itaipú Binacional: una empresa autorizada por las partes a gestionar los préstamos necesarios y comercializar la producción energética. Brasil se comprometió a garantizar los empréstitos.
Sin embargo, en los términos del Tratado de 1973, avalado por los negociadores paraguayos, no se hizo referencia al justo precio. También el derecho de preferencia, obrante en el Acta de Foz de Yguazú, fue modificado por el derecho de adquisición. De ese modo, se aseguraba para la margen izquierda toda la energía posible, excepto una mínima porción a ser destinada a la margen derecha.
Para salvar la desaparición del precio justo se recurrió a la figura de la compensación, con la novedosa variante que debía abonarla Itaipú, de manera que la Eletrobrás pudiera adquirir, a precio de costo, toda la energía no utilizada por la ANDE.
Curiosamente, la margen derecha quedó obligada a compensarse a sí misma, exonerando del compromiso a la margen brasileña. Recién a partir de 1986, el Tesoro brasileño se hizo cargo de la minúscula compensación.
A pesar de que los términos del Tratado, en sus inicios, mantuvo invariable el objeto y fin del acuerdo que repartía en partes iguales la electricidad generada por la usina hidroeléctrica, la redacción en el contexto del documento, mañosamente, consiguió asegurar para la margen izquierda casi toda la producción.
El notable jurista Gustavo de Gásperi, al criticar en una conferencia magistral el contexto fraudulento del Tratado señaló: “¿Qué más irracional, absurdo, oscuro, puede haber que 25 años después de operar a pleno una represa, construida por dos naciones condóminas de un río limítrofe, deba una de ellas recibir el 5% de la energía cuando el objeto del contrato es dividirla por partes iguales, o sea el 50% para cada parte?”
Con este desatinado esquema, a la ANDE se le permite contratar una mínima potencia para que la Eletrobrás pueda adquirir la mayor porción restante. Para satisfacer su demanda, la estatal paraguaya es socorrida con una limitada energía secundaria.
Esta “complacencia interesada”, en las observaciones del ingeniero doctor Carlos Cardozo Florentín, sirve para que la margen izquierda ahorre los onerosos gastos que implica la construcción de otra central eléctrica.
Para completar el combo, la Eletrobrás, principal acreedora de la deuda mediante usurarios préstamos prohibidos por el Tratado, comprometida con una ingeniería financiera corrupta diseñó un plan de pagos –aprobado por la margen derecha– que aumenta con cada cuota abonada por los empréstitos.
Estudios serios de la Contraloría General de la República del Paraguay, de la Comisión de Entes Binacionales Hidroeléctricos, dependiente de la Cancillería Nacional y del economista Jeffrey Sachs, asesor económico del Secretario General de las Naciones Unidas, demuestran que el pasivo de Itaipú ya fue cancelado.
No obstante, la principal beneficiaria, que cotiza en los mercados bursátiles, continuará aprovechando Itaipú como su primordial fuente de ingresos hasta el 2023. Todo ello, privilegiando a sus acomodados accionistas en detrimento de los pueblos de ambas márgenes a los que se les birla más de US$ 2.000 millones de dólares abonados como cuota anual para amortizar los préstamos.
2023
No obstante, la principal beneficiaria... continuará aprovechando Itaipú como su primordial fuente de ingresos hasta el 2023.
(*) Autor de los libros: Itaipú, la entrega indebida. Itaipú, una victoria bien brasileña e Itaipú, historia de un fraude.
juanantoniopozzo@gmail.com

domingo, 8 de septiembre de 2013

La utópica equidad en Itaipú

08 DE SETIEMBRE DE 2013

| LA EQUIDAD O LA GESTIÓN PARITARIA SIGUE SIENDO UNA UTOPÍA EN ITAIPÚ

¿Es de Itaipú la energía?

Las numerosas asimetrías pueden ser verificables cuando, por ejemplo, en la práctica, la Agencia Nacional de la Energía Eléctrica brasileña (Aneel), luego de asegurar el suministro para la margen izquierda, decide sobre la cantidad de energía que la ANDE puede contratar o, tal vez, en la inusitada demanda en el Nordeste brasileño, que para subsanarlo se recurrió, entre octubre de 2012 y abril de 2013, al descenso de unos ocho metros del nivel del agua embalsada en la represa.
/ ABC Color
Esta operación de pronto socorro, en los cálculos de los especialistas, proveyó al socio condómino de unos 2.500.000 MWh, que calculados a US$ 125 la unidad, representan más de US$ 300 millones, precisamente no repartidos equitativamente entre las partes.
Es preciso destacar que la ANDE contrata anualmente unos 800 MW, pero en la práctica retira 1900 MW. Pero cuando el salto es insuficiente o el socio considera que no hay energía excedente y como oficialmente solo se provee la energía contratada, la ANDE en desigual trato debe abonar unos US$ 80 el MWh para cubrir las horas de punta.
Otro tanto ocurre con la energía adicional a la garantizada, muy barata, a unos US$ 5 el MWh, que es adquirida en su mayor porción por la Eletrobrás y no precisamente dividida en partes iguales con la ANDE, en desacuerdo con lo establecido en el Artículo XIII del Tratado.
El reiterado discurso, que la energía es de Itaipú y no de las Altas Partes Contratantes, queda totalmente desvirtuado cuando la tarifa del costo de servicio de electricidad lo decide el Gobierno brasileño y no la entidad binacional. O cuando la energía es entregada a la margen izquierda lejos del sistema de barras de la central, fuera de lo estipulado en el II.6 del Anexo C del Tratado, cargándose a Itaipú el costo de su transporte.
También cabe a la entidad binacional absorber la artificialmente inflada deuda, que según estudios de la Comisión de Entes Binacionales Hidroeléctricos de la cancillería nacional y el doctor Jeffrey Sachs, asesor económico del secretario general de las Naciones Unidas ya fue honrada suficientemente. Esta escandalosa ingeniería financiera que hasta ahora solo beneficia a la multinacional brasileña Eletrobrás impide que cada una de las partes se beneficie con más US$ 1.000 millones anualmente.
Finalmente, si hay realmente equidad es menester repartir los beneficios o de lo contrario nadie en su sano juicio puede pensar que Itaipú es binacional.
(*) Autor de los libros Itaipú, la apropiación indebida. Itaipú, una victoria bien brasileña e Itaipú, historia de un fraude.
juanantoniopozzomoreno@gmail.com

domingo, 1 de septiembre de 2013

Una deuda indebidamente inflada

01 de Setiembre de 2013

 

La cancelación de la deuda de Itaipú es un imperativo

 
La cancelación de la deuda de Itaipú es un imperativo
Itaipú, con “esta tarifa, ya recaudó más de 30.000 millones de dólares para el pago de la deuda, que si se hubiera reestructurado con cierta racionalidad, ya estaría cancelada”.
Las precisiones son de un consejero, luego director administrativo de Itaipú, entre 2003 y 2008, publicadas en el Suplemento Económico de ABC Color el 18 de agosto de 2013.
En realidad, si hubiera racionalidad, no era pertinente incluir en el pasivo de Itaipú las resoluciones del Directorio Ejecutivo y del Consejo de Administración del 31 de marzo de 1997 que “…ocasionaron la deuda ilícita de más de US$ 4.000 millones, por violar reiteradamente preceptos establecidos en el Tratado de Itaipú” según lo afirmaba, el 19 de mayo del mismo año, la Comisión Bicameral de Investigaciones del Congreso Nacional.
También, en diciembre de 2010, la Contraloría General de la República calificaba como “ilegal” la fijación de una tarifa en Itaipú, entre 1986 y 1990, por debajo del costo del servicio de electricidad.
Y para que no quepan dudas, la misma CGR, en febrero de 2012, ratificaba que “desde su puesta en funcionamiento, Itaipú comenzó a operar a prueba y en forma gratuita para posteriormente hacerlo, casi siempre, a una tarifa por debajo del costo del servicio de electricidad, transgrediendo desde sus inicios el Art. IV.1 (Ingresos) y el numeral III (Costo del servicio) del Anexo C del Tratado y sus Anexos”.
Por otro lado, la medición indebida de la energía fuera de la barra de la central, absorbida por Itaipú y no por la margen izquierda, sigue contribuyendo a la reducción significativa de la recaudación, con singular impacto en la liquidez de la empresa binacional en la atención de sus compromisos.
El arreglo con la Eletrobrás en 1997, en base a los contratos ECF-1480/97; ECF-1627/97 y ECF-1628/97, acordó la deuda con la multinacional brasileña en US$ 16.225 millones.
En el 2013, según la tabla divulgada el 2 de octubre de 2011 en el Suplemento Económico de ABC Color, el saldo deudor –al abonarse puntualmente la decimosexta cuota de las veintisiete previstas– estaba en US$ 13.608,4 millones. ¿Cómo es posible que luego de abonarse por un valor de US$ 24.129,9 millones el pasivo solo haya disminuido en US$ 2.616,6 millones?
Por las moratorias que produjeron el pago meteórico de la deuda vencida de US$ 4.193 millones y el factor de ajuste o doble indexación, no contemplados en el Tratado y aplicados indebidamente e inusualmente a los saldos deudores, en el 2023, la binacional abonará un total de US$ 45.631,5 millones (ABC Color 2 de octubre de 2011).
En su condición de copropietario de Itaipú el Paraguay tiene responsabilidad sobre este colosal pasivo al igual que el Brasil. Sin embargo, la diferencia es que la margen derecha, particularmente la Eletrobrás, como prestamista usurera, violando el Tratado, sigue obteniendo pingües beneficios y no precisamente los consumidores brasileños.
La energía paraguaya derivada obligatoriamente al Brasil y que en el año 2010 utilizó 35.818 GWh, en estudios demostrados por el ingeniero Nelson Cristaldo, produjo para la economía brasileña más de US$ 143.000 millones.
Todo se relaciona con el Tratado
Con todos estos antecedentes y las conclusiones de Jeffrey Sachs queda en claro la fenomenal estafa que obstaculiza que las regalías, tales como royalties, utilidad de capital, supervisión y administración, que Itaipú aporta para ambos gobiernos, no puedan ser mejoradas.
La cancelación de la deuda, suficientemente honrada, es un imperativo. En el 2012, a Eletrobrás y a otras deudas de Itaipú, asignaron unos US$ 2.121 millones (ABC 3 de abril de 2012). Una impresionante cifra que pudiera haber sido repartida en partes iguales entre los socios condóminos. La verdad es que la ingeniería financiera diseñada por la margen izquierda y cohonestada por consejeros y directores de la margen derecha no lo permite.
Saldada
Con “esta tarifa, ya recaudó más de US$ 30.000 millones para pagar la deuda, que si se hubiera reestructurado con cierta racionalidad, ya estaría cancelada”.
Estafa
Con todos estos antecedentes y las conclusiones del especialista norteamericano Jeffrey Sachs queda en claro la fenomenal estafa.
(*) Autor de: Itaipú, la apropiación indebida. Itaipú, una victoria bien brasileño e Itaipú, historia de un fraude.

domingo, 18 de agosto de 2013

La entrega de la soberanía energética

18 de Agosto de 2013  

La abdicación a la soberanía energética


Vista panorámica del complejo hidroeléctrico de Itaipú. Desde la izquierda, el vertedero, la presa principal con la casa de máquinas, delante el gran embalse.
Vista panorámica del complejo hidroeléctrico de Itaipú. Desde la izquierda, el vertedero, la presa principal con la casa de máquinas, delante el gran embalse. / ABC Color
1. El Acta Final
Con motivo de reuniones sostenidas en Puerto Presidente Stroessner, Paraguay, y Foz de Yguazú, Brasil, por los ministros de Relaciones Exteriores de la República del Paraguay, doctor Raúl Sapena Pastor, y de los Estados Unidos del Brasil, general (R) Juracy Magalahes, el 21 y 22 de junio del año 1966, se produjo el acuerdo que se formalizó en el Acta Final del 22 de junio de 1966.
El documento, que definía el objeto y el fin de la sociedad, fue desviado posteriormente de su propósito original en el Tratado de Itaipú de 1973.
En el acta final, cuya primera consecuencia fue el abandono del territorio nacional de la tropa brasileña de ocupación, los cancilleres de Paraguay y Brasil acordaron:
- El estudio de las posibilidades económicas de los recursos hidráulicos del Salto del Guairá, declarado en condominio;
- La división en partes iguales entre los dos países de la energía eléctrica producida por el río Paraná desde el Salto del Guairá o Salto Grande de las Siete Caídas hasta la boca del río Yguazú;
- El justo precio por la energía sobrante y el reconocimiento a cada país del derecho de preferencia para la adquisición de la energía no utilizada y,
- La suspensión “sine die” de los trabajos de la Comisión Mixta de Límites y Caracterización de la Frontera Paraguay-Brasil.
Conclusiones del Acta de Foz, 1966
“I. SE MANIFESTARON acordes los dos cancilleres en reafirmar la tradicional amistad entre los dos pueblos hermanos, amistad fundada en el respeto mutuo y que constituye la base indestructible de las relaciones entre los dos países;
II. EXPRESARON el vivo deseo de superar, dentro de un mismo espíritu de buena voluntad y de concordia, cualesquiera dificultades o problemas, encontrándoles soluciones compatibles con los intereses de ambas naciones;
III. PROCLAMARON la disposición de sus respectivos Gobiernos de proceder, de común acuerdo, al estudio y evaluación de las posibilidades económicas, en particular de los recursos hidráulicos, pertenecientes en condominio a los dos países, del Salto del Guairá o Salto Grande de las Siete Caídas;
Justo precio
IV. CONCORDARON en establecer, desde ya, que la energía eléctrica eventualmente producida por los desniveles del río Paraná, desde e inclusive el Salto del Guairá o Salto Grande de las Siete Caídas hasta la boca del río Yguazú, será dividida en partes iguales entre los dos países, siendo reconocido a cada uno de ellos el derecho de preferencia para la adquisición de esta misma energía a justo precio, que será oportunamente fijado por especialistas de los dos países, de cualquier cantidad que no sea utilizada para satisfacción de las necesidades del consumo del otro país;
V. CONVINIERON asimismo los cancilleres en participar de la reunión de Ministros de Relaciones Exteriores de los Estados ribereños de la Cuenca del Plata, a realizarse en Buenos Aires, a invitación del Gobierno argentino, a fin de estudiar los problemas comunes del área, con miras a promover el pleno aprovechamiento de los recursos naturales de la región y su desarrollo económico, en beneficio de la prosperidad y bienestar de las poblaciones; así como a rever y resolver los problemas jurídicos relativos a la navegación, balizamiento, dragado, pilotaje y practicaje de los ríos pertenecientes al sistema hidrográfico del Plata, la exploración del potencial energético de los mismos, y a la canalización, represamiento y captación de sus aguas, ya sea para fines de irrigación, o para la regularización de las respectivas descargas, de protección de las márgenes o facilitación del tráfico fluvial;
VI. CONCORDARON en que las Marinas respectivas de los dos países procederán, sin demora, a la destrucción o remoción de los cascos hundidos que ofrecieren actualmente riesgos a la navegación internacional de aguas del río Paraguay;
VII. EN LO RELATIVO a los trabajos de la “Comisión Mixta de Límites y Caracterización de la Frontera Paraguay-Brasil”, convinieron los dos cancilleres en que dichos trabajos serán proseguidos en la fecha que ambos Gobiernos lo estimen conveniente;
VIII. SE CONGRATULARON finalmente los dos cancilleres, por el espíritu constructivo que prevaleció durante las conversaciones y formularon votos por la siempre creciente y fraternal unión entre el Paraguay y el Brasil comprometiéndose además a no escatimar esfuerzos para estrechar cada vez más los lazos de amistad que unen a los dos países.
Desvío
El documento, que definía el objeto y el fin de la sociedad, fue desviado de su propósito original en el Tratado...
(*) General (R), autor de los libros: Itaipú, la apropiación indebida. Itaipú, una victoria bien brasileña e Itaipú, historia de un fraude.

domingo, 11 de agosto de 2013

¿Por qué seguir pagando?

11 de Agosto de 2013  

El nuevo gobierno tiene la palabra


A) Cuando se firmó el Tratado de Itaipú en 1973, la obra se presupuestó en torno a los US$ 2.033.000.000 para la instalación de 14 máquinas de 765 MW, un promedio aproximado de US$ 200 por kW instalado.
Según el ingeniero Guillermo López Flores, actual director interino de Yacyretá, en noviembre de 1973, el proyecto avanzado aumentó a US$ 3.444.240.000.
En 1975, la Eletrobrás (Centrales Eléctricas Brasileñas SA) prestó a Itaipú, para la construcción de la obra, US$ 3.566.000.000.
En enero de 1976, el presupuesto final de la obra sufrió un notorio aumento y fue estimado en US$ 5.851.650.000.
En su réplica al estudio preliminar realizado por el renombrado economista estadounidense Jeffrey Sachs y su equipo de la Universidad de Columbia sobre la deuda de Itaipú, la Dirección Financiera Ejecutiva del ente binacional y las autoridades brasileñas se obligaron a reconocer que para una inversión directa de US$ 12,4 mil millones, la entidad binacional había pagado por el servicio de la deuda, hasta fines de 2012, la colosal suma de US$ 57,9 mil millones, en total incongruencia con los estándares financieros internacionales.
Según publicó ABC Color en su editorial del 4 de agosto de 2013, la Eletrobrás, la mayor empresa mixta de servicio eléctrico del Brasil, obligó a Itaipú a contratar, en una primera fase a tasas usurarias, con plazos menores de diez años, cerca de US$ 27,1 mil millones. De este monto, US$ 12,4 mil millones fueron utilizados en inversiones directas y el resto, unos US$ 14,7 mil millones fueron destinados a solventar el abuso financiero de las sistemáticas “prórrogas” de tales empréstitos usurarios de corto plazo.
Itaipú, afirmaba el editorial, continuó endeudándose para atender casi exclusivamente “la amortización y pago de cargas de las financiaciones usurarias prorrogadas sistemáticamente, debido a que las mismas continuaban siendo inferiores a 10 años en plazos, hasta llegar a la friolera de los US$ 57,9 mil millones pagados hasta fines de 2012, como queda señalado más arriba. ¡Más de 4,6 veces el costo directo de la usina, solo hasta el 2012!”.
B) Escandalosa evolución de la deuda contraída con la Eletrobrás.
- 1975: US$ 3.566 millones.
- 1990: saldo deudor renegociado durante el gobierno del general Andrés Rodríguez: US$ 9.336 millones.
- Julio 1994: US$ 10.837 millones
- Diciembre 1994: US$ 15.420 millones, cifra aumentada en cinco meses por efectos del Plan Real.
- 1997: saldo deudor renegociado durante el Gobierno del ingeniero Juan Carlos Wasmosy: US$ 16.225 millones.
Al pasivo, antes de la renegociación con la Eletrobrás, de US$ 12.031,1 millones se le adicionaron una deuda calificada como vencida de US$ 4.193,5 millones. Esta inclusión elevó la deuda a un total de US$ 16.225 millones.
La inclusión de la deuda vencida tiene que ver con la venta del servicio de electricidad a las empresas compradoras (98% brasileñas, 2% paraguaya) por debajo del costo. De la deuda generada por el subsidio, calificada de ilegal por la Comisión Bicameral de Investigación del Congreso y la Contraloría General de la República, se hizo cargo Itaipú y no las empresas compradoras como era de esperar.
Según cálculos conservadores, “la tarifa social”, entre marzo de 1985 y febrero de 1990, cincuenta y nueve meses, arrojó una pérdida de US$ 525,5 millones. Representa un 12,5% de la deuda vencida. El resto, el 87,5%, son los saldos y retazos o los efectos del Plan Real, que se le añadieron hasta redondear US$ 4.193,5 millones.
C) Deuda con la Eletrobrás al 31 de diciembre de 2007 (Gobierno del abogado Nicanor Duarte Frutos).
Luego de la renegociación del 31 de marzo de 1997, a pesar de abonarse las cuotas correspondientes a 1997, 1998, 1999, 2000, 2001, 2002, 2003, 2004, 2005, 2006 y 2007, un total de US$ 14.819,5 millones, el saldo deudor con la Eletrobrás no bajaba de US$ 17.037,5 millones (ABC 2 octubre 2011).
Una extraña matemática
Recién el año 2010, luego de catorce años, el saldo de la deuda bajó a US$ 15.715,6 millones, unos US$ 509,4 millones por debajo del arreglo original.
Según los contratos 1480/97; 1627/97; 1628/97, en el año 2023, Itaipú abonará a la Eletrobrás un total de US$ 45.631,50 millones. Entre 1997 y 2023, desembolsará una media anual de unos US$ 1.690 millones (Suplemento Económico ABC Color 2 octubre 2012, p. 3).
D. Factores exógenos cargados a la deuda con la Eletrobrás en millones de dólares americanos.
Plan Real (1994): US$ 4.583
Deuda vencida (1997): US$ 4.193,5
Factor Ajuste (1997-2005): US$ 5.683,2
Moratoria Líneas B y C (1997): US$ 6.098,4
Total: US$ 20.558,1
E. Este tipo de abusos no es inédito. Lo sufrió Panamá desde 1914. No obstante, los sostenidos reclamos del general Torrijos a los Estados Unidos condujeron en 1977 al Pacto Torrijos-Carter para recuperar el canal panameño. Desde su vigencia en 1999, Panamá recuperó la soberanía sobre el canal de su propiedad y sus relaciones con los Estados Unidos siguen con total normalidad.
Lo mismo ocurrió con el gas boliviano, bajo control de Petrobrás, hasta que Bolivia decidió en el 2006 nacionalizar las exploraciones y los negocios de petróleo y el gas. Las relaciones del país del altiplano con Brasil siguen invariables.
¿Y Paraguay?
Para la Comisión de Entes Binacionales Hidroeléctricos, dependiente del Ministerio de Relaciones Exteriores, la deuda ya fue suficientemente honrada. Sin embargo, Itaipú, obedientemente, sigue abonando puntualmente sus cuotas anuales conforme al calendario de pagos.
En el año 2009, en concepto de préstamos a la Eletrobrás y Tesoro brasileño desembolsó US$ 2.066 millones.
En el año 2023, la entidad binacional pagará más de doce veces el préstamo original concedido por la Eletrobrás, una friolera de US$ 45.631,5 millones.
F. ¿Por qué el Estado paraguayo en su condición de copropietario de la binacional debe seguir aceptando a este escandaloso abuso?
Según conclusiones de febrero de 2012 de la CGR “Desde su puesta en funcionamiento, Itaipú comenzó a operar a prueba y en forma gratuita para posteriormente hacerlo, casi siempre, a una tarifa por debajo del costo del servicio de electricidad, transgrediendo desde sus inicios el Art. IV.1 (Ingresos) y el numeral III (Costo del servicio) del Anexo C del Tratado y sus Anexos”.
“Esta situación –prosigue– se debió, fundamentalmente, a que las sumas no percibidas por Itaipú por la falta de aplicación de la tarifa real –es decir, la legal de acuerdo al Tratado– incidieron directamente en el aumento del pasivo de Itaipú debido a que las sumas recaudadas no cubrían el costo operacional de la misma ni suministraba los montos necesarios para el pago de las amortizaciones y cargas financieras de los préstamos tomados, según en el punto III del Anexo C del Tratado”.
Continuaba explicando la Contraloría, “Lo lamentable e injusto es que el resultado de las medidas adoptadas haya sido beneficioso precisamente para Eletrobrás en detrimento de la propia entidad binacional, cuyo principal acreedor financiero siempre fue y sigue siendo la propia Eletrobrás, en su momento propiedad exclusiva del Estado brasileño y hoy empresa mixta con participación privada, que transfirió su previsible déficit financiero a la binacional que, para este caso particular es, sin duda alguna, propiedad del Paraguay y del Brasil, en equitativas partes iguales.
Esta circunstancia pareciera haber sido olvidada por los integrantes paraguayos del Consejo de Administración de aquel entonces, que priorizaron los intereses del país vecino, dejando de lado los intereses del país que representaban”.
¡Colosal! 
La entidad binacional Itaipú, por el servicio de su deuda, hasta fines de 2012 había pagado la colosal suma de 57.900.000.000 de dólares.
Ilegal
De la deuda generada por el subsidio, ilegal para la CBI y para la Contraloría, se hizo cargo Itaipú y no las empresas compradoras como era de esperar.
juanantoniopozzo@gmail.com
(*) General (R). Autor de los libros:
“Itaipú, la apropiación indebida”,
“Itaipú, una victoria bien brasileña” e
“Itaipú, historia de un fraude”