domingo, 24 de marzo de 2013

Una expresión disparatada

Una expresión disparatada

La soberanía, que reside en el pueblo, es la autoridad suprema del poder público sobre un territorio y sus habitantes. Entre tanto, la soberanía energética es la capacidad de la nación para ejercer el control y la potestad sobre la racional explotación de sus recursos energéticos.
La soberanía energética paraguaya, abdicada en las binacionales hidroeléctricas a favor de los ocasionales socios condóminos, para aquellos que favorecieron sin cuestionamientos la ejecución de los lesivos acuerdos significa solamente una expresión disparatada. Sin embargo, la proposición resume una infame realidad que como una dolorosa daga, hace cuarenta años, lacera las entrañas del colectivo nacional.En efecto, el 26 de abril de 1973, a través del Tratado de Itaipú, el régimen gobernante cedió gratuitamente a la Eletrobras, Centrais Elétricas Brasileiras SA, la parte de la energía no utilizada por el Paraguay (actualmente el doble de la producción anual de Yacyretá). Para morigerar la felonía se cargó a la empresa binacional Itaipú el insignificante costo de la compensación. La Eletrobras, asumiendo el derecho de adquisición, aplicable a cada una de las Partes, se adjudicó la compra de la Itaipú la energía paraguaya no utilizada para revenderla, por el doble del costo de producción, en el mercado brasileño. Perdida la iniciativa, la ANDE quedó en el molde y hasta hoy no puede substituir a la multinacional brasileña en la comercialización de su propia electricidad.
Para Enzo Debernardi, funcionario adjunto al director general brasileño, sin voz y sin voto, no existía la menor posibilidad de comercializar la energía excedente en otros mercados. Es más, según él, pendía la amenaza de que Brasil acuda a fuentes propias y de no ser por su bonhomía podía rever el trato. Por increíble que parezca, esta singular historia es de habitual consumo en el ambiente energético.
Es curioso, pese a la prohibición, Argentina y Brasil se intercambian sin interrupción en la convertidora Garabí, sobre el río Uruguay, electricidad de Yacyretá y de Itaipú.
Cálculos conservadores del ingeniero Nelson Cristaldo señalan que la electricidad paraguaya cedida gratuitamente a la Eletrobras –recién desde 1986 el Tesoro brasileño se hizo cargo de la ínfima compensación– generó en el 2010 el 7% del PIB brasileño.
Considerando que cada 25 KWh (kilovatios hora) de energía produjo unos US$ 100, la electricidad paraguaya aportó en ese año al PIB del socio condómino más de US$ 143.000 millones.
Huelga decir que en el Tratado de Itaipú no solo se cedió la soberanía energética. Para facilitar la tarea entreguista se resignó la cogestión paritaria y por si fuera poco, se le admitió al socio la inconstitucional vigilancia de la margen derecha.
Durante su discurso en el Senado, que se empeñaba en conseguir la aprobación del nefasto documento, el senador Carlos Augusto Saldívar al referirse al Consejo de Administración –como el Cándido de Voltaire– proclamaba enjundiosamente que “…ese Consejo que es el organismo máximo de Administración y que seis son paraguayos, y seis –que estamos seguros– serán buenos paraguayos. ¡Jamás paraguayos entreguistas!” (ENRIQUÉZ GAMÓN, Efraín.2007. 2ª Ed. Itaipú aguas que valen oro).
Rebasando a las insólitas concesiones de la soberanía nacional, en el colmo de las iniquidades, el 17 julio de 1973 la mayoría oficialista del Congreso de la Nación ¡aprobó el Tratado!
Los enredados discursos del senador Saldívar, para ratificarlo, pudieron más que el sentido común.
Para agravar la cuestión desde el 2002, por ineptitud de los órganos de administración de la margen derecha, la energía adicional a la garantizada es repartida en proporción a la potencia contratada o sea que esa energía sumamente barata (unos US$ 5,69 el MWh), al no repartirse equitativamente como reza el tratado, lleva su porción mayoritaria la Eletrobras.
Sin embargo, incompleta la obra, faltaba el blindaje jurídico. El Gobierno, los órganos de administración y los abogados amigos contratados por la margen derecha consiguieron, con la connivencia de la Sala Constitucional de la Corte, suspender en junio de 2011 los efectos de la Ley 1161 sancionada en 1997, que obligaba a los funcionarios de las binacionales a informar y enviar documentación al Congreso y a la Contraloría a través de la ANDE.
Hoy, amparados en el blindaje jurídico, una simple lista de niveles salariales solicitados por la Cámara de Diputados del Congreso Nacional es negada por las binacionales.
Si bien indicaron que estaban a disposición de las cámaras, señalaron que de acuerdo con el Decreto 9330 de julio de 2012, firmado por el presidente Federico Franco, el Ministerio de Relaciones Exteriores “es el conducto con el Poder Ejecutivo para las cuestiones bilaterales, de política exterior, así como para las cuestiones energéticas y de administración relacionadas con las entidades binacionales creadas por los tratados de Itaipú y Yacyretá.
Entonces, es correcto afirmar que la entrega de la soberanía energética en Itaipú no es solo obra de los brasileños, tampoco es la expresión disparatada de los numerosos paraguayos que aún sienten la patria.
Garabí
Pese a la prohibición, Argentina y Brasil intercambian en la convertidora Garabí, energía Yacyretá y de Itaipú.
(*) Autor de los libros Itaipú, una apropiación indebida en Itaipú, una victoria bien brasileña.
juanantoniopozzo@gmail.com