domingo, 9 de febrero de 2020

Itaipú, construido en base al fraude

Salto del Guairá, apropiación indebida

El Acta Final de Foz de Yguazú del 22 de junio de 1966, en su tercera conclusión, establecía el condominio de los dos países sobre el Salto del Guairá o Salto Grande de las Siete Caídas. Brasil instauraba el condominio del Salto del Guairá en un simple acuerdo entre gobiernos sin aprobación del parlamento nacional. El documento logrado por Itamaraty, blanqueaba la invasión militar de junio de 1965 como estrategia para asegurar su soberanía sobre el Salto del Guairá.
General (R) Juan A. Pozzo Moreno (*)
General (R) Juan A. Pozzo Moreno (*)Archivo, ABC Color
No obstante, el Salto del Guairá nunca salió de los dominios del Paraguay. “El primer título que el Paraguay puede alegar es el del descubrimiento, fuente principal de las soberanías desde el punto de vista de la moral internacional. Los Saltos del Guairá fueron descubiertos al mismo tiempo que el resto del Paraguay. Las tierras en que ellos se despeñan (precipitan) y a las cuales dieran su nombre, fueron por primera vez visitadas por Alejo García en su fabuloso viaje desde el Atlántico hasta el Perú, hacia 1525. Alejo García, español y no portugués según las más modernas investigaciones, y tripulante que fue de una armada española, dio con su descubrimiento inicial derechos a la Corona de la cual dependía.
Por lo demás, los Saltos como todas las zonas comarcanas, estaban ya dentro de la soberanía española que alcanzaba hasta la famosa Línea de Tordesillas pactada en 1494 para demarcar ambas jurisdicciones. Esa Línea … estaba a más de seis grados al Este de la zona de los Saltos. Cuando en las Capitulaciones de Don Pedro de Mendoza (1534) se instituyó legalmente la Provincia del Río de la Plata o Paraguay, la Corona señaló como frontera oriental de esta Gobernación la misma Línea de Tordesillas. De modo que al nacer la Provincia Gigante de Indias tenía muy dentro de sus tierras a los Saltos del Guairá” (Efraím Cardozo. Los derechos de Paraguay sobre los Saltos del Guairá, 1965).
A pesar de todo, no fueron suficientes los títulos para preservar de la ambición del Imperio de Brasil los derechos territoriales del Paraguay. Esta perenne codicia, al que se sumaba la angurria de la Confederación Argentina, propició en 1857 el “Protocolo de entendimiento para la guerra contra el Paraguay. de Argentina y Brasil”.
El escrito quedó formalizado por los plenipotenciarios de la Confederación Argentina, Santiago Derqui y Bernabé López y del Imperio de Brasil, José María da Silva Paranhos. Sus términos, que certificaban el despojo de sus tierras al Paraguay, fueron reproducidos en el Tratado Secreto de la Triple Alianza (Argentina, Brasil, Uruguay) del 1 de mayo de 1865.
La invasión del Imperio de Brasil al Estado Oriental del Uruguay, menospreciando la nota del Gobierno paraguayo del 30 de agosto de 1864, inflamó la mecha que precipitó la conflagración. Se sumaba a ello, la negativa del Gobierno argentino al tránsito de tropas paraguayas por Corrientes.
Estos acontecimientos dieron inicio al conflicto que finalizó el 1 de mayo de 1870.
Concluida la guerra del Paraguay contra la Triple alianza, el Imperio de Brasil impuso al Paraguay el Tratado de Límites de 1872. Un nuevo trazado limítrofe que incorporaba a sus dominios posesiones paraguayas entre el río Apa, el río Blanco y la región del Amambay, más de 62.325 km2. Sin embargo, los nuevos límites no modificaron la soberanía paraguaya sobre el Salto del Guairá.
Al respecto, decía Efraím Cardozo: “El Tratado de Límites del 9 de enero de 1872 consagró los derechos del Paraguay al mantener los Saltos del Guairá en la misma situación en que ellos estaban en todo el transcurso de la historia. No hubo adjudicación al Brasil, ni partición, ni establecimiento de condominio”. También afirmaba: “Como accidente geográfico, que incluye no solo los Saltos sino también el embalse ocasionado por la Cordillera del Mbaracayú al interceptar el río Paraná, formó parte de la frontera, conservando su situación jurídica no modificada por el Tratado de 1872, de parte integrante de la soberanía territorial del Paraguay”.
Esta maravilla de la naturaleza de un asombroso potencial hidráulico estaba llamada por su magnitud a ser parte de la novel industria eléctrica. En efecto, una década después (1882) se había puesto en marcha en Appleton, Wisconsin, Estados Unidos la primera central hidroeléctrica del mundo para servicio comercial. Esta iniciativa, era el primer paso tecnológico que utilizaba el agua como fuente de energía eléctrica.
Posteriormente, la decisión para desarrollar el potencial energético del Salto quedó patente en el Tratado Complementario de Límites del 21 de mayo de 1927. El Tratado, que definía la región Occidental del Paraguay con Brasil en el tramo del río Paraguay, dio origen al Protocolo de 1930, bosquejado para incorporar bajo soberanía brasileña el Salto del Guairá.
El Protocolo Moreno-Mangabeira o protocolo de 1930, se puso en ejecución cuando el Paraguay estaba empeñado en la guerra del Chaco. En la ocasión, los demarcadores brasileños pretendieron convertir en hito un pilar de observación levantado en 1874 frente a la quinta caída. Posteriormente, presentaron un mapa en donde todas las cataratas del Salto aparecían como de exclusiva soberanía del Brasil.
El Tratado expresaba claramente que la frontera debía seguir las altas cumbres del Mbaracayú. Las altas cumbres corresponden al ramal norte de la cordillera que dejan la totalidad de los Saltos en territorio paraguayo. El mapa de 1874, señalaba como las altas cumbres al ramal sur del Mbaracayú lo que hacía inaceptable la supremacía del mapa por sobre el Tratado. Un absurdo por donde se lo mire.
Los trabajos de la Comisión Mixta entre 1958-1963, establecieron fuera de toda duda que las altas cumbres del Mbaracayú son las del ramal norte.
En el hito 341/IV, a veinte kilómetros del Salto del Guairá, está detenido la demarcación que en su ramal norte deja todas las caídas del Salto en territorio paraguayo. La línea demarcatoria del ramal sur, pretendida por Brasil, dejaría en territorio paraguayo el Salto del Guairá a partir de la quinta caída.
A pesar de todas las razones técnicas y jurídicas la Cancillería brasileña, en su nota del 19 de setiembre de 1962, declaraba como propiedad de Brasil el Salto del Guairá. En sus fundamentos no figuraba para nada el Tratado de 1872.
Como expresión de poder, en junio de 1965, tropas del ejército brasileño pusieron bajo soberanía del Brasil el Salto el Guairá. Todas las protestas paraguayas fueron desestimadas hasta que el Canciller norteamericano Dean Rusk tomó cartas en el asunto. Rusk forzó a una conferencia entre las partes en la que Paraguay reclamaba la ocupación militar de su territorio, mientras que Brasil proponía el condominio del Salto de Guairá y la explotación hidroeléctrica conjunta del río Paraná.
Como resultado del Acta Final de Foz de Yguazú del 22 de junio de 1966, Brasil conquistaba su propósito de ser el otro dueño del Salto del Guairá además imponía su plan de explotación del río Paraná que solo en apariencias era en conjunto. Desde aquella vez, conforme a sus intereses, el Brasil no requería permiso alguno para inundar el Salto del Guairá.
En el Acta no se mencionaba la ocupación de territorio nacional que recién se efectivizó en 1982 como consecuencia de la inundación de la represa de Itaipú.
Durante la reunión bilateral, el Gobierno brasileño (Itamaratí) ya tenía en claro en su cuarta conclusión que el emprendimiento hidroeléctrico se daría “… por los desniveles del río Paraná, desde inclusive del Salto del Guairá o Salto Grande de las Siete Caídas hasta la boca del río Yguazú …” y no de la explotación hidroeléctrica del Salto. De ahí, como parte del proyecto para formar el embalse, el interés de inundar el Salto, la selva Atlántica, la flora al que se añade el desarraigo de decenas de poblaciones guaraníes.
El 1 de abril de 1967, en su mensaje al Congreso, el Presidente de la República, al referirse al tema, dijo: “El Acta Final de Foz de Yguazú suscrita por el Paraguay y el Brasil es una de las piezas fundamentales de la política exterior paraguaya. El Acta Final lograda por el Gobierno Nacional con una suma de energía y discreción, de decisión y paciencia, significa no solo un triunfo paraguayo, sino una victoria del derecho, un alto momento de la amistad, la compresión y la colaboración de dos pueblos americanos”.
Con este discurso, el primer magistrado de la nación hacía público la entrega a Brasil de la soberanía del Salto del Guairá.
Cabe señalar, que el Acta Final recién se publicó in extenso en la prensa el 21 de junio de 1973, razón suficiente que explica los devaneos en el Congreso del senador Carlos A. Saldívar y otros adláteres, que ilustraron sobre las bondades del Tratado de Itaipú.
Según “Memorias de Itaipú 2017”, entre 1985-2017, los pagos de Itaipú a Paraguay totalizaron US$ 9.867,1 millones. Una media anual de US$ 299 millones. Cotejado con los ingresos anuales que provendrían del turismo, unos 900.000 turistas visitantes cada año a esta maravilla incomparable de la naturaleza, la cifra rondarían los US$ 90.000 millones (900.000 x US$ 100).
“Tuicha la mbojuavy” o monumental la diferencia.
Todo ello, gracias a un régimen sin valores, que para mantenerse en el poder, no hesitaron en traicionar a su patria.