domingo, 24 de marzo de 2019

Por la compensación Paraguay se paga a sí mismo

24 DE MARZO DE 2019

| DEL MISMO CUERO SALE LA CORREA

Itaipú sigue pagando la compensación a Paraguay

Según balances “oficiales” de Itaipú 2006-2017 (ABC, Suplemento Económico 17 de marzo 2019-vea el cuadro) la empresa binacional, por ejemplo en 2016, comercializando 103.098.000 MWh, a US$ 36,96 el MWh, logró ingresar US$ 3.811.499.000.
La monumental cifra, reflejada en una tarifa cara, fue hecha conforme a los argumentos de Itaipú en función de la venta a las compradoras (ANDE y Eletrobras) de energía garantizada por unos US$ 3.291.012.000, de energía no garantizada por US$ 152.032.000 y con el pago de US$ 368.455.000 en concepto de compensación por la energía cedida a Paraguay.
Sin embargo, la verdad es otra. La compensación va por cuerda separada y esto lo saben los auditores contratados por Itaipú. Desde 1986, la compensación no forma parte de los componentes del Costo del Servicio de Electricidad. Por esta razón, el costo real de la energía, en 2016, correspondía a US$ 3.443.044.000 (US$ 3.291.012.000 por la venta de energía garantizada y US$ 152.032.000, por la venta de energía no garantizada). Todo ello, a una tarifa menos cara de US$ 33,39 el MWh.
La diferencia entre el costo real y el costo ficticio –que argumenta la binacional hidroeléctrica– es igual US$ 368.455.000 (US$ 3.811.499.000 - US$ 3.443.044.000). Es la muestra de cómo la compensación por energía cedida, establecida en el Tratado de 1973, sigue estando vigente en el Costo del Servicio de Electricidad.
En otras palabras, Paraguay, la otra Alta Parte Contratante, continúa pagándose la compensación. Del mismo cuero sale la correa.
Esta picardía, para no decir timo, es aplicada desde siempre en Itaipú.
Así, como la intención fallida del presidente Joao Goulart en 1964 o la fracasada Acta Final de Foz de Yguazú en 1966, solo existieron en los papeles la Nota Reversal Nº 4, del 28 de enero de 1986, que establecía que “el importe correspondiente a la compensación será incluido exclusivamente en la tarifa a ser pagada por la Parte que consuma energía cedida”.
Hay más mentiras. Como resultado del Acta de Foz de Yguazú, Brasil nunca cumplió su compromiso de retirar su tropa de territorio paraguayo. Dicho suceso ocurrió recién en 1982 como consecuencia del embalse de Itaipú.
Toda la parafernalia del Congreso brasileño, para aprobar anualmente la compensación del Tesoro brasileño por la energía cedida a Paraguay, no deja de ser una parodia. A los congresistas brasileños, indoctos sobre la empresa binacional (los nuestros no quedan en la zaga), se añade la pléyade de consumidores, embaucados por Itaipú.
En los papeles, hasta mediados de junio de 2016, la compensación oficialmente pagaba el Tesoro brasileño, en adelante serán los consumidores brasileños de las regiones Sur, Sur Este y Centro Oeste quienes abonarán por la cesión de energía.
La Eletrobras mal acostumbrada desde los inicios de Itaipú, no se hace cargo de la energía paraguaya que utiliza para propiciar torcidamente el desarrollo de Brasil a expensas de Paraguay.
Lamentablemente nuestros gobernantes y sus asesores, más comprometidos con Itaipú, continúan apegados al mentiroso discurso oficial que irradia la empresa.
Ellos, en detrimento de su pueblo, avizoran el bosque y no el árbol de la realidad.
General (R) Juan Antonio Pozzo Moreno juanantoniopozzo@gmail.com

domingo, 17 de marzo de 2019

El talón de Aquiles brasileño: la libre disponibilidad de la energía paraguaya

17 DE MARZO DE 2019


¿Somos capaces de recuperar la libre disponibilidad de nuestra energía?

Para sostener la apropiación de Itaipú, Brasil echó en gorra los derechos que habilitan a Paraguay a la libre disponibilidad de su energía y la cogestión paritaria. Todo ello con el aval de nuestros pusilánimes gobernantes, con honrosas excepciones, resueltos a mantener el status quo. Es así como la apropiación indebida de Itaipú marcha viento en popa.
Para apropiarse del emprendimiento hidroeléctrico binacional, los descendientes de Lusitania tiraron al cesto de basura el compromiso del presidente Joao Goulart del 19 de enero de 1964 y el Acta Final de Foz de Yguazú del 22 de junio de 1966.
No tuvo mejor suerte la Declaración Conjunta de los presidentes Fernando Lugo e Inácio Lula Da Silva del 25 de julio de 2009. No fue más que un simulacro para rechazar in extenso los reclamos de la Comisión Negociadora que el Gobierno de Lugo exigía:
1) La libre disponibilidad de la energía paraguaya. 2) El precio justo. 3) La revisión de la deuda de Itaipú. 4) La cogestión plena. 5) La implementación de auditorías binacionales públicas. 6) La realización de todas las obras previstas en el Tratado.
Finalmente, como premio consuelo, luego de humillantes cabildeos, el Senado brasileño, de US$ 3 MWh aumentó a unos US$ 9 el MWh la energía que no utilizamos, desde 1986 gratuita para la Eletrobras, pagada por el Tesoro brasileño.
Otro bálsamo consistió en la ampliación de la Subestación de la Margen Derecha, prisionera en territorio de Itaipú, para la implantación de un vano de salida de una línea de transmisión de 500 kV pagados con los Fondos Estructurales del Mercosur (FOCEM).
Otros ofrecimientos que permitía la ANDE, en vez de la Eletrobras, comercializar el excedente, fueron al mazo, como también irá luego del 2023, la promesa de comercializar a terceros mercados la energía de Itaipú.
Ni Jeffrey Sachs se salvó de la ignominia.
Fue desacreditada la imparcial conclusión del académico norteamericano -por el Director General Brasileño y el Director Financiero Ejecutivo- por demostrar que la deuda de Itaipú ya fue honrada por Paraguay en el 2008 y corresponder a la Itaipú (Brasil) compensar al país con unos US$ 5.000 millones.
Si seguimos siendo flojos, la revisión del Anexo C del Tratado de Itaipú en el 2023 no cambiará las condiciones de privilegio que goza el socio condómino. El status quo, que solo beneficia a los comensales de Itaipú, impedirá que el país disponga libremente de su energía y de los otros reclamos.
Nuestra forzada relación con Brasil -que blanqueó en el Acta de Foz de Yguazú la apropiación indebida del Salto de Guairá, birlando los límites genuinos instaurados en 1872- no es la más propicia. El vecino condómino, para lograr su objetivo, no hesitará en violar el Tratado y la Constitución de la República del Paraguay.
Las autoridades que debieran protegernos, con la reciente experiencia en Yacyretá, dejan razonables dudas de su interés en defender la principal riqueza del país.

domingo, 10 de marzo de 2019

La sostenida expansión brasileña

10 DE MARZO DE 2019

| PARA LIDIAR CON BRASIL HAY QUE CONOCERLO

Cómo Brasil se apropió de Itaipú

Cuando concertado el Tratado de límites complementario de 1927, que determinaba los límites la región Occidental de Paraguay con Brasil, el Gobierno brasileño cayó en la cuenta que en el anterior Tratado de 1872, que dividía la Región Oriental de Paraguay con el Imperio, permanecían en territorio paraguayo las cataratas del Salto de Guairá. Esta maravilla de la naturaleza, de un enorme potencial hidroeléctrico correspondía a Paraguay.
En el mismo documento limítrofe de 1927 Brasil hizo arreglos, improvisando el Protocolo de 1930 para exigir a Paraguay la revisión del trazado limítrofe pactado en 1872. Todo ello, con el propósito incluir en territorio brasileño las cataratas del Salto del Guairá.
El protocolo de 1930 no fructificó, nació nonato. En efecto, la redemarcación limítrofe, al no haber acuerdo entre las partes, se detuvo a unos veinte kilómetros antes de llegar al Salto.
Al fallar la vía diplomática para apropiarse del Salto de Guairá, el nuevo Gobierno militar de Brasil, en junio de 1965, invadió Paraguay ocupando con su ejército Sagaraná (población brasileña en territorio paraguayo, luego Puerto Renato), región fronteriza contigua a las cataratas del Salto.
Fracasado todo intento de devolución del Salto de Guairá, Paraguay pidió ayuda norteamericana para desalojar a las tropas brasileñas de su territorio.
Dean Rusk, canciller del presidente Lyndon B. Johnson, juntó a las partes, aunque Brasil no estaba dispuesto a negociar el desalojo de los batallones ocupantes. La tesis de su canciller, general Juracy Magalhaes, tenía como objetivo principal implementar la explotación hidroeléctrica del río Paraná que era obstaculizado por el Salto del Guairá.
El 22 de junio de 1966, la reunión concluyó con la rúbrica del Acta Final de Foz de Yguazú por los cancilleres Raúl Sapena Pastor y Juracy Magalhaes. El Acta Final permaneció oculto a la opinión pública, especialmente durante el debate en el Congreso para aprobar el Tratado de Itaipú de 1973. Muy pocos lo conocían.
En el Acta Final de 1966, no figuraba el desalojo de fuerzas militares brasileñas aunque luego, por una nota, Brasil declaraba el retiro de su tropa que solo aconteció en 1982 como consecuencia del embalse de Itaipú. Hasta entonces Brasil seguía ocupando Paraguay.
También en el documento, en su tercera conclusión, de golpe y porrazo, aparecía como en condominio el Salto de Guairá, lo que allanaba el camino para implementar, sin odiosas interferencias, el plan brasileño de explotación energética del río Paraná. Brasil, una vez más, por medio de la diplomacia se salía con la suya.
Básicamente, la explotación equitativa del río Paraná quedó escrito en el Acta final de Foz de Yguazú (derecho de preferencia para la adquisición del excedente y precio justo). No obstante, todas las conclusiones del Acta fueron borradas en el Tratado de Itaipú de 1973, excepto el condominio de las cataratas del Salto de Guairá. El Tratado de Itaipú entregó nuestra soberanía energética al socio condómino: 97% para Brasil y 7% para Paraguay, lo que demuestra que Brasil sigue siendo dueño de Itaipú.
juanantoniopozzo@gmail.com

domingo, 3 de marzo de 2019

Itaipú, un tema desconocido por la población paraguaya

03 DE MARZO DE 2019

| EL EFECTO “BOLSONARO”

Es imposible defender lo que no se conoce

No se puede defender lo que no se conoce, sucede en todos los ámbitos de la vida nacional y principalmente en los contornos del sector eléctrico, como una innegable realidad. Sin embargo, es sabido que la producción de las empresas hidroeléctricas binacionales es aprovechada mínimamente por Paraguay, aunque siguen siendo ignoradas las razones de esta monumental asimetría que elimina al país como socio igualitario de Brasil y de Argentina.
El Tratado de Itaipú y el de Yacyretá son parecidos. Sus negociadores, que sin vacilar cumplían mandatos del presidente Stroessner, fueron los mismos: Enzo Debernardi, Raúl Sapena, Alberto Nogués, Carlos Saldívar, Ezequiel González Alsina. Últimamente, Conrado Pappalardo, en la conferencia “Itaipú & Yacyretá. La historia verdadera”, se atribuye tan deshonrosa misión.
Empleamos el nefasto Tratado de Itaipú como muestra del despojo sufrido por Paraguay en ambas hidroeléctricas.
El Tratado de Itaipú de 1973 se desentendió de todos los términos del Acta Final de Foz de Yguazú de 1966, que suponía la explotación conjunta del río Paraná. La única conclusión válida para Brasil en el Acta Final hacía referencia a la aquiescencia paraguaya que le otorgaba en condominio el Salto del Guairá (subrepticiamente escondida en la tercera conclusión del acuerdo). Todo ello, allanando el plan brasileño de explotación energética del río Paraná, con el que pretendía morigerar la falta de electricidad a su creciente población.
Se puede concluir que el Tratado de Itaipú, violando los términos de las conclusiones arribadas en el Acta de Foz de Yguazú fue diseñado, con la complicidad traidora del oficialismo gobernante, para otorgar la soberanía energética de Paraguay a Brasil.
En efecto, la igualdad en la explotación del río Paraná, establecida en el Tratado de Itaipú, se fue diluyendo a lo largo del contexto documental hasta instituirse un discutido derecho de adquisición sobre la energía paraguaya no utilizada. Como si fuera poco, la cesión energética de Paraguay fue imputada al Costo de Servicio de Electricidad de Itaipú, de tal suerte que, con la cesión de su energía al socio condómino, Paraguay se pagaba su propia compensación.
Es pertinente aclarar que algunos réprobos caducos siguen insistiendo en negar autoridad soberana paraguaya sobre la mitad de la producción proveniente de las empresas binacionales hidroeléctricas.
Intervención brasileña
También en el extravagante Tratado, se instauraba la intervención de la seguridad brasileña en ambas márgenes del emprendimiento binacional. También, como parte de esta política entreguista, en el mismo día de la firma del Tratado de Itaipú, el 23 de abril de 1973, una nota reversal adjudicaba los principales cargos del Directorio Ejecutivo a funcionarios brasileños impidiendo la cogestión paritaria.
Para completar la abdicación, la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (Antonio Fretes, Miguel Bajac y Alicia Pucheta) en la Acordada 280 del año 2011, no hizo lugar a informes exigidos a la ANDE sobre Itaipú y Yacyretá. El Congreso, sus comisiones investigadoras, la Contraloría y demás órganos de control estatal no podían auditar a Itaipú. Un hecho delirante que convirtió a la binacional hidroeléctrica en un Estado paralelo.
Desde el año 2002, por resoluciones del Directorio Ejecutivo y del Consejo de Administración (RDE 145 y RCA 020) Itaipú asocia a la potencia disponible para la contratación una energía llamada garantizada y una energía adicional a la garantizada. De hecho, se oficializa la venta de energía y no de la potencia prevista en el Tratado.
Desde entonces Itaipú vende una energía garantizada cara (US$ 44 el MWh) y una energía adicional barata (US$ 5,68 el MWh). La combinación de ambas energías, resulta en las tarifas que pagan por su adquisición, tanto la ANDE como la Eletrobras.
Al comprar la Eletrobras la mayor porción de la energía garantizada y una vez conseguido las tres cuartas partes de la energía adicional, la estatal brasileña paga una tarifa que no obstante supera al de la ANDE al ser extraordinaria la cantidad de energía que adquiere. Entre tanto, la adquisición de una mínima cantidad de energía garantizada y una cuarta parte de la energía adicional, demandan de la ANDE una tarifa menor, piedras en zapatos de la Eletrobras.
Sin embargo, el reparto fraudulento de la energía adicional a la garantizada, dispuesto por los órganos de administración de Itaipú, no se compadece del Tratado que claramente establece el reparto de la producción energética de Itaipú en partes iguales a ambos socios. Aunque por exigencias de la Eletrobras, la energía adicional a la garantizada es obtenida cada vez menos por la dejadez de la ANDE.
Entre 2015 y 2016, la energía adicional disponible fueron de 14.215.000 MWh y de 20.098.000 MWh respectivamente, correspondiendo a la ANDE prácticamente nada de la energía adicional a la garantizada: apenas unos 848.000 MWh (2015) y 342.000 MWh (2016). Las consecuencias de esta inequidad no se hicieron esperar, La ANDE subió la tarifa eléctrica a los consumidores.
Esta desigualdad, por enésima vez, es el reflejo característico del leonino Tratado de Itaipú. Actualmente, las autoridades de la ANDE seguirán en la bizantina discusión de “… la falta de un acuerdo con Eletrobras sobre la contratación de valores de potencia de Itaipú, que ‘imposibilita’ la emisión de facturas mensuales por la prestación de los servicios de electricidad…”. La ANDE y el inoperante Consejo de Administración, no exige el reparto igualitario de la energía adicional a la garantizada.
La política del hecho consumado, aplicada por Brasil a Paraguay en Itaipú, sin solución de continuidad, es una impronta de hierro que solo podrán subsanar verdaderos estadistas comprometidos con el Paraguay. Los rostros actualmente visibles, carentes de decoro, no podrán obstaculizar el efecto “Bolsonaro” como estrategia militar que ataca para defenderse.
General (R) Juan Antonio Pozzo Moreno juananatoniopozzo@gmail.com