En el año 2023 deberán ser revisadas las disposiciones del Anexo “C” del Tratado de Itaipú. Entre ellas, “… el grado de amortización de las deudas contraídas por la Itaipú para la construcción del aprovechamiento, y la relación entre las potencias contratadas por la entidades de ambos países” (VI-Revisión).
Habida cuenta que no se puede defender lo que no se conoce es menester que los llamados a revisar, luego de 50 años, las “Bases financieras y de prestación de los servicios de electricidad de la Itaipú” tengan la más acabada idea sobre cómo recuperar la principal riqueza industrial del país.
Sería intolerable repetir la historia de Yacyretá. El país no podría aguantar una defección más.
a. El fin y el objeto del Tratado de Itaipú es el aprovechamiento igualitario, entre Brasil y Paraguay, de la energía generada en la Central Hidroeléctrica Itaipú en un punto del limítrofe río Alto Paraná.
En la práctica, el propósito del Tratado fue desviado para que Brasil aproveche casi toda la producción energética.
Para tal menester, la energía derivada a la margen izquierda se mide en Foz de Yguazú y no en el sistema de barras de la central hidroeléctrica, de acuerdo con las condiciones de abastecimiento del Anexo “C”, II.6, del Tratado de Itaipú:
“La energía producida por la Itaipú será entregada a las entidades en el sistema de barras de la central eléctrica, en las condiciones establecidas en los contratos de compra-venta”.
Aunque la prescripción se cumple estrictamente con la ANDE, la otra copropietaria de la empresa binacional, la Eletrobrás, cuenta a su arbitrio la energía en la subestación Furnas de Foz de Yguazú distante a unos diez kilómetros de Itaipú.
En este desigual reparto, contrario al acuerdo, Paraguay es obligado a ceder el 80% de su parte a cambio una compensación que no supera el 11% de la tarifa estipulada para el mercado brasileño. El precio justo por la cesión, acordado en el Acta de Foz de Yguazú de 1966, se transformó en el Tratado de 1973 en una compensación a ser pagada por Itaipú. Es más, como la otra Alta Parte Contratante, Paraguay, quedaba obligado a compensarse a sí mismo.
Con estas artimañas, Brasil logró su objetivo de acaparar la producción de Itaipú.
b. Los prolegómenos confiscatorios de Itaipú se remontan al año 1872, inmediatamente después de la Guerra Guasu.
En la ocasión, el imperio brasileño impuso nuevos límites a la República del Paraguay. No obstante, el nuevo trazado no logró modificar la ubicación en territorio paraguayo del Salto del Guairá.
Para explotar el extraordinario potencial energético, era perentorio para el vecino país modificar el trazado limítrofe. En 1930, un forzado protocolo impuso una nueva revisión.
Sin embargo, los trabajos técnicos de la Comisión de Límites sirvieron para confirmar que las líneas de las altas cumbres de la cordillera del Mbaracayú siguen por el ramal norte manteniendo en territorio paraguayo el formidable accidente natural. En total desacuerdo, como era de esperarse, Brasil demandaba con obstinación que la línea limítrofe debía seguir por el ramal sur para incluir el salto dentro de su soberanía.
En enero de 1964, salvando la engorrosa cuestión, el presidente João Goulart logró acordar con el Gobierno paraguayo un emprendimiento hidroeléctrico conjunto en el río Alto Paraná. Al represarse el majestuoso río, quedaría fuera de discusión la posesión del controvertido Salto.
No obstante, el Mandatario brasileño, un progresista amigo de los soviéticos, tropezaba con la política de seguridad hemisférica norteamericana, que desde la crisis de los misiles nucleares soviéticos en Cuba, en octubre de 1962, desaprobaba cualquier vínculo ideológico con la Unión Soviética.
El progresismo de Goulart, contrario al conservadurismo, alentaba la idea del progreso en el plano político-institucional, en el cambio social y en las transformaciones económicas e intelectuales.
El Mandatario brasileño no se pudo sostener y fue destituido por los militares a fines de marzo de 1964.
En junio de 1965, batallones del ejército de las divisiones acorazadas de Curitiba y de Campo Grande invadieron Paraguay posesionándose del Salto del Guairá.
Para el gobierno de facto, carecían de toda relevancia:
1) La presencia en República Dominicana de tropas paraguayas y brasileñas, por disposición de la OEA, en operaciones de restablecimiento de la paz;
(N.A) La Guerra Civil de 1965 constituye uno de los hechos más destacados en la historia reciente de la República Dominicana. El conflicto se inicia cuando un grupo de oficiales jóvenes se propone reinstalar el gobierno constitucional del destituido presidente Juan Bosch. Se trataba del primer gobierno elegido democráticamente en las urnas).
2) Los reclamos diplomáticos sobre la nueva invasión brasileña al Paraguay;
3) El acuerdo asumido entre gobiernos, en 1964, para la construcción conjunta de un gran emprendimiento hidroeléctrico sobre el río Paraná.
Mediante la oportuna intervención de Dean Rusk, canciller de los Estados Unidos, alarmado por la crisis, se logró conciliar los intereses mutuos en el Acta Final de Foz de Yguazú de 1966. En dicho documento se acordó:
1) La división en partes iguales del aprovechamiento conjunto del emprendimiento hidroeléctrico.
2) Un justo precio por la energía no utilizada por Paraguay.
3) El retiro de la tropa de ocupación.
Como parte del acuerdo, el Gobierno paraguayo, sin consulta parlamentaria, cedió en condominio el Salto del Guairá. Era inconmensurable el valor aportado irregularmente en nombre del Paraguay de una de las maravillas más importantes de la naturaleza.
c. En la redacción del Tratado de Itaipú, para la apropiación indebida, fue primordial la complicidad del
Gobierno del general Alfredo Stroessner y sus negociadores: Enzo Debernardi, Raúl Sapena, Alberto Nogués, Ezequiel González Alsina y Carlos Augusto Saldívar. Puesto en evidencia su entreguismo, para atemperar tan antipatriótica defección, argumentó presuntos riesgos a la seguridad nacional.
En realidad, el general Stroessner no lidiaba con los acostumbrados adherentes sumisos, sino con el alto mando que derrocó a Goulart. Si creaba problemas sería barrido del poder. Fiel a su instinto de sobrevivencia, optó por el poder y no por su patria.
Era la repetición de su histórica huida, en setiembre de 1932, de Boquerón. También de su estrepitosa fuga luego del fallido alzamiento contra el presidente Natalicio González el 25 de octubre de 1948. En febrero de 1989 corroboró su pusilánime conducta al entregarse dócilmente a su protegido y asociado con el crimen organizado: El general Andrés Rodríguez. Es así, como la paridad laboriosamente conseguida en Foz de Yguazú en 1966 sufrió profundas transformaciones en beneficio del Brasil en el Tratado de 1973:
1) El precio justo fue remplazado por una compensación a ser abonada por Itaipú.
2) El derecho de preferencia sobre el excedente energético fue cambiado por el derecho de adquisición.
3) Una Nota Reversal, aprobada en el mismo día que el Tratado, concedía al socio las principales Direcciones Ejecutivas: la Técnica y la Financiera.
4) La seguridad brasileña tenía autorización para intervenir en la margen paraguaya.
Concretando el dolo, la Eletrobrás se apropió hasta hoy día, sin costo alguno, de la energía no utilizada por la ANDE para luego comercializarla, con pingües beneficios, en su propio mercado.
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