Ningún gobierno se atrevió a tanto
El costo de Itaipú o una nueva
desmembración del Paraguay
La represa hidroeléctrica Itaipú es el producto de la
interpretación maliciosa de Gobiernos brasileños al Tratado de límites impuesto
a la República del Paraguay por el Imperio de Brasil en 1872. Un tratado arbitrario
que despojó al país de más de 60.000 kilómetros cuadrado de su territorio acabado
la Guerra Guasu (1864-1870). Pese a la injusta usurpación del territorio
nacional, el Tratado de límites de 1872 nunca puso en discusión la soberanía
del Paraguay sobre las cataratas del Salto del Guairá, accidente natural
registrado por especialistas como fuente extraordinaria de electricidad.
Cincuenta y cinco años después del Tratado de límites de
1872, fue acordado el Tratado complementario límites de 1927. Sus términos, no
solo concertaron los límites con Brasil de la región Occidental de Paraguay,
sino además el tratado creaba un protocolo para trazar de nuevo los límites ya
establecidos con Brasil en 1872 en la región Oriental del Paraguay.
El Protocolo de instrucciones para la demarcación y
caracterización de fronteras del 9 de mayo de 1930 estaba orientado para que la
diplomacia incorpore en soberanía brasileña las cataratas del Salto del Guairá.
El protocolo ponía de manifiesto la habitual política brasileña de los hechos consumados,
que junto a la diferencia de magnitudes y las fronteras flexibles, constituían
argumentos de peso para sustentar el latrocinio.
Para el investigador Efraím Cardozo, autor de “Los derechos
del Paraguay sobre los saltos del Guairá” (El Lector, reedición 2018), “Los
trabajos en el terreno efectuados desde 1958 por la Comisión Mixta con máxima
precisión científica, comprobaron, sin dejar lugar a dudas, que las altas
cumbres de la cordillera de Mbaracayú son las del ramal Norte, que desemboca
más arriba de la Primera Caída. En consecuencia es por esa línea que debe ser
trazada la frontera, conforme al Tratado de 1872, y como ratificación de todos
los antecedentes históricos y jurídicos que fundamentan los derechos del
Paraguay sobre la totalidad de los Saltos del Guairá”.
En la apreciación del
general (r) Víctor Segovia Ríos, ingeniero militar egresado del Instituto
Militar de Ingeniería del Brasil y estudioso de las hidroeléctrica
binacionales, “La idea del gobierno brasileño era que la traza de la represa
corriera a la altura de la 5ª caída, de modo que la represa quedara asentada en
ambas márgenes del río en territorio enteramente brasileño. Pero los estudios
de factibilidad técnica concluyeron que a esa altura del curso del río el
embalse de la represa no tendría el potencial hidráulico deseado, por lo que
necesariamente ella tendría que construirse aguas debajo de la 7ª y última
caída; vale decir tocando indiscutido territorio paraguayo”.
Sin embargo, el
Gobierno de Brasil, con ínfulas imperiales, en nota del 19 de setiembre de 1962,
declaraba “que los Saltos del Guairá están situados íntegramente dentro del territorio
brasileño”. La misma nota negaba al Paraguay tan siquiera el “derecho a
considerar lesionada su soberanía por aquellos actos” (E. Cardozo).
Concomitantemente, Brasil había decidido que las cataratas
del Salto, para un mejor aprovechamiento hidroeléctrico del río Paraná, estaban
condenadas a su hundimiento en el lecho del caudaloso río.
Entre tanto, el presidente Joao Goulart, cuyo gobierno declaraba
oficialmente que el Salto del Guairá estaba en territorio brasileño y que el
emprendimiento hidroeléctrico provendría de las aguas del río Paraná, había
propiciado una entrevista con el presidente Alfredo Stroessner, el 19 de enero
de 1964, en su estancia “Tres Marías”, Estado de Mato Grosso del Sur (hasta
1872, Guairá, territorio de Paraguay). La entrevista tenía por objeto la
explotación con Paraguay del Salto de Guairá.
Cabe señalar que el presidente Goulart tenía previsto pasar
a la historia como el realizador de una obra incomparable con la construcción
de una hidroeléctrica en el río Paraná. Especialistas de la Unión Soviética
ofrecieron equipar la futura represa, el Japón también estudiaba los costos del
emprendimiento por lo que la explotación conjunta con Paraguay del Salto del
Guairá no encajaba.
No obstante, el general Stroessner no dudó en aceptar la
propuesta del presidente Goulart. Un comunicado de la presidencia del Paraguay
informaba – el Gobierno brasileño no
hizo ningún comunicado- que “Los dos
mandatarios estuvieron de acuerdo sobre todos los aspectos generales relativos
al aprovechamiento conjunto del potencial hidroeléctrico de los Saltos del
Guairá y resolvieron que por conducto de las Cancillerías del Paraguay y de
Brasil se suscribiera, cuanto antes, un Convenio por el cual se creará una
Comisión Mixta Paraguayo-Brasileña que tendrá a su cargo el estudio de todos
los problemas económicos, financieros, técnicos y societarios, relacionados con
la construcción y explotación de la gran obra que harán conjuntamente los dos
Estados, y que será la de mayor importancia entre todas las de su género hasta
hoy emprendida en todo el mundo” (Crónica de un despojo, J. A. Pozzo. 2014).
Por todo ello, se puede inferir que “la gran obra que harán
conjuntamente los dos Estados” formaba parte de la imperiosa necesidad brasileña
de legitimar el arrebato del Salto del Guairá. Para la “explotación conjunta”
era menester el condominio del Salto del Guairá lo que legitimaba la apropiación
fáctica brasileña. De pronto, el
Paraguay dejó de ser ninguneado para convertirse en socio formal de un bien que
oficialmente se adjudicaba el Brasil.
Entre tanto, el mensaje presidencial del 1º de abril de
1964 informaba que “En cumplimiento de lo acordado en la mencionada reunión
(explotación hidroeléctrica del Salto del Guairá) arribó a ésta la misión
brasileña presidida por el Embajador José Jobim, a los efectos de iniciar los
contactos preliminares para la constitución de la Comisión Mixta paraguayo-brasileña”
(Apuntes para la historia política de Itaipú, Enzo Debernardi.1996). El mensaje
del 1º de abril de 1964, coincidía con el despido por militares del presidente
Joao Goulart.
Catorce meses después, en junio de 1965, tropas del novel
régimen militar invadieron territorio paraguayo en la región del Salto del
Guairá haciendo caso omiso al acuerdo Goulart-Stroessner.
Ante el reclamo generalizado de la ciudadanía paraguaya por
la ocupación militar de territorio paraguayo, auxiliado por gestiones del
canciller americano Dean Rusk, el Gobierno brasileño provocó el Acta Final de
Foz de Yguazú del 22 de junio de 1966. En el acta, atiborrada de falsas
promesas, se entregaba al Brasil, sin aprobación parlamentaria, en condominio el
Salto del Guairá. Es importante señalar, que las tropas brasileñas de ocupación
en ningún tiempo abandonaron territorio paraguayo.
Como corolario del proceso ya no éramos dueño absoluto de
las cataratas del Salto del Guairá y Brasil dejó de ser invasor.
Siguiendo con la
apreciación del general Segovia Ríos, “Fue entonces que el gobierno militar
brasileño no tuvo otra opción que firmar con el gobierno dictatorial de Alfredo
Stroessner el Acta Final de Foz de Yguazú. Acuerdo por el cual ambos países se
comprometieron a compartir igualitariamente la electricidad que podría
generarse aprovechando las aguas del río Paraná, desde los Saltos del Guairá
hasta la confluencia con el río Yguazú, con el compromiso de que el Paraguay
podía vender a Brasil a justo precio el excedente de la energía que no
utilizara”. Seguía diciendo el general “Lamentablemente para nuestro país, en
el Tratado de Itaipú, Brasil nos quitó lo que nos había reconocido como derecho
en la mencionada Acta: la libre disponibilidad y la venta a justo precio de la electricidad
que correspondía a nuestro país en la usina hidroeléctrica binacional. Despojo
consentido por el gobierno dictatorial a espaldas del pueblo paraguayo y que
con seguridad habrá tenido su precio de beneficio personal para el presidente
Stroessner, el canciller Raúl Sapena Pastor y el ingeniero Enzo Debernardi, por
citar a los más prominentes personajes del Gobierno. Sobornos que los astutos
negociadores brasileños se cuidaron muy bien de diluir en diferentes conceptos
de costos ficticios, incluido el apoyo diplomático y económico al régimen
dictatorial”.
Según otras
investigaciones, el Acta Final que prometía la división en
partes iguales de la producción hidroeléctrica y el precio justo por la
electricidad no utilizada por Paraguay, fue el ardid empleado por Brasil para legitimarse
como copropietario condómino de las cataratas del Salto.
Logrado su propósito o el el condominio del Salto del
Guairá, las promesas del Acta Final quedaron en aguas de borraja y una nueva
desmembración del Paraguay se confirmaba con el Tratado de Itaipú de 1973. Ningún
gobernante del Paraguay se había atrevido a tanto.
Como justificación de la entrega de la soberanía nacional
en Itaipú, el canciller Raúl Sapena Pastor mencionaba que Itaipú no fue
encarado como negocio ni para Brasil ni para Paraguay, sino como desarrollo.
“Nuestro socio condómino estaba en condiciones de aplicar
ese concepto, pues tenía una vasta industria que desarrollar con la energía
generada en la represa, mientras Paraguay necesitaba vender a precio razonable
la energía que le corresponde, no al irrisorio al que nos obligó el Brasil,
para contar con los fondos destinados a financiar las obras necesarias para
generar el desarrollo del país” (Editorial ABC Color, 2 de abril de 2008).
Es común que en los discursos oficiales se hable del
desarrollo del país enfatizando el pleno uso de la energía paraguaya evitando
su comercialización. ¿Con qué herramientas?
El Tratado de Itaipú impide la libre disposición de nuestra
energía o soberanía energética. El tenue grifo que permite el tratado no da
para abastecer a las más modestas industrias, ni siquiera para iluminar
adecuadamente pueblos del departamento Central del país. Mientras, por el
convertidor Garabí, los brasileños venden a discreción energía de Itaipú.
Compensación en vez del precio justo, utópica cogestión
paritaria y el aprovechamiento de apenas un 8% de la producción hidroeléctrica,
son las muestras de una fenomenal estafa, en manos de Brasil, sufrida por
Paraguay en Itaipú.
General (R)
Juan Antonio Pozzo Moreno
juanantoniopozzo@gmail.com