domingo, 28 de agosto de 2016

Exijamos una tarifa justa

28 DE AGOSTO DE 2016

| UNA TARIFA DE POTENCIA MÁS JUSTA

No a la indiferencia cómplice

Es poco lo que la opinión pública conoce de Itaipú. Los funcionarios de la margen derecha, al igual que las autoridades nacionales, adolecen de los vicios propios de una institución formada desde el poder. No obstante, la problemática, aunque de relevancia jurídica y vital para los intereses del Paraguay no les quita el sueño.
En estas circunstancias no tenemos más remedio que aceptar las imposiciones de nuestro socio, propietario de facto de la entidad binacional.
Al decir de Cruz Castro, en nuestra sociedad “… no existe ninguna persona, organización o instancia oficial que desarrolle una acción sistemática contra la corrupción, excepto, en algunas ocasiones, los medios de comunicación social colectiva”. (CRUZ CASTRO, Fernando. Pena y Estado, Año 01 - Número 01, Buenos Aires, 1995, Pág. 80.).
Mientras, entre sus circunspecciones, el relato señalaba que “El Tratado de Itaipú es sumamente favorable al Paraguay y constituye un acto de comprensión entre los dos países que buscan un entendimiento amplio para el desarrollo de ambos”, según registraba en sus “Memorias” (2006) Luis María Ramírez Boettner, excanciller de la República. Sin embargo, este acto de comprensión –que rechaza enfáticamente la cogestión paritaria y extrema la asimetría– no sería más que una entelequia de una exuberante imaginación.
Lejos de los anhelos populares
Brasil nunca renunció a su histórico objetivo de controlar Itaipú para así, prioritariamente, robustecer la multinacional Eletrobrás con sus prósperos accionistas.
Lamentablemente, la binacional hidroeléctrica quedó lejos de las tribulaciones de sus pueblos al apartarse de su misión esencial de generar electricidad barata. Los fondos sociales así obtenidos, sin control estatal, caracterizan a la empresa como otro Estado. Si le añadimos el blindaje jurídico, se conforma el tuerzo.
No es casualidad que el Tribunal de Cuentas de la Unión resolviera, en diciembre de 2009, intervenir las cuentas nacionales. Es importante señalar que la medida cautelar, concedida por el Supremo Tribunal Federal de Brasil a pedido del gobierno de Duarte Frutos en el 2004, no afecta la decisión del TCU.
Priorizando a la Eletrobrás
Según el Tratado, la tarifa de cada unidad vendida a las compradoras debe estar en condiciones de cubrir el costo de producción. El costo de funcionamiento de la fábrica hidroeléctrica debe ser igual al ingreso monetario de la potencia ofertada.
Cabe recordar, que desde 2009 el monto necesario para disponer de una potencia contratada de 145.620.000 kW se calculó en US$ 3.291.000.000. La tarifa mensual de cada unidad fue fijada en US$ 22,60 el kW (3.291.000.000/145.620.000).
Con esta tarifa se podía abonar todos los componentes del servicio de electricidad previstos para el 2009:
- US$ 47,98 millones por las utilidades por el capital integrado, en partes iguales para la ANDE y la Eletrobrás (1,31%);
- US$ 2.066,3 millones por las cargas financieras de los préstamos recibidos y la amortización de esos préstamos, Eletrobrás y Tesoro brasileño (63,50%);
- US$ 404,28 millones por los royalties (13,41%);
- US$ 31,01 millones por resarcimientos por cargas de administración y supervisión en partes iguales para Brasil y Paraguay (1,03%);
- US$ 600 millones por gastos de explotación (18,99%);
- US$ 141,4 millones en concepto de saldo de la cuenta de explotación (2,22%).
No es difícil advertir el peso extraordinario del servicio anual de la deuda: el 66,50% del costo del servicio.
Tarifa justa
Si el pasivo ya estuviera suficientemente honrado, como lo advierte la Comisión de Entes Binacionales Hidroeléctricos y el célebre economista Jeffrey Sachs, la tarifa costaría menos de US$ 10 kW mensual. Estaría por los US$ 8,41 el kW mensual (3.291.000.000 – 2.066.300.000/145.620.000).
Lamentablemente, dejando de lado los legítimos intereses de los consumidores paraguayos y brasileños, los gobiernos prefieren seguir pagando mensualmente una energía cara, con costos sobrevaluados. Entretanto, la Eletrobrás, suspendida en la Bolsa de Valores de Nueva York, pudiera mejorar sus balances para de algún modo seguir remando a través de Itaipú.
juanantoniopozzo@gmail.com

miércoles, 24 de agosto de 2016

Nulo sin aprobación parlamentaria

25 DE AGOSTO DE 2016

| UNA MODIFICACIÓN QUE IGNORÓ AL LEGISLATIVO

La misión de Itaipú

Itaipú anualmente oferta para su venta 145.620.000 kW de potencia a una tarifa mensual de US$ 22,60 por kW. La tarifa, que permanece invariable desde el año 2009, resulta de la división entre el costo anual previsto para cada componente del servicio de electricidad y la potencia puesta en oferta (US$ 3.291.000.000 / 145.620.000 kW = 22,60 el kW).
La empresa binacional mensualmente pone a disposición de la ANDE y de la Eletrobrás 12.135 MW de potencia, ligeramente inferior, por razones operativas, a los 14.000 instalados y que en un año (12.135 x 12) suma 145.620 MW.
Esta cifra expresada en kilovatios es igual a 145.620.000 kW. Inferior en capacidad pero no en producción por “Tres gargantas”, la gigantesca represa de la República Popular China sobre el río Yangtsé.
Conviene destacar que la energía asociada a la potencia contratada corresponde a 106.302.600 MWh de electricidad (12.135 x 365 x 12) reservada a las empresas compradoras.
A menudo nos encontramos con la dificultad de diferenciar potencia de energía. Cuando en nuestra factura se nos indica “potencia contratada” se trata de la cantidad de energía que se nos reserva y a la que tenemos derecho por contrato, mientras que “energía” es lo que realmente hemos consumido y está controlado por un contador en el periodo al que se refiere el recibo.
Ingreso por la energía adicional a la garantizada
Itaipú tiene la misión de producir energía barata, no debe generar dividendos. Las pérdidas anuales deben ser incluidas como componente del costo del servicio de electricidad para que el ingreso por el producto sea siempre igual al costo de la producción.
Rompiendo estos paradigmas, desde el 2002, por una simple disposición del Consejo de Administración, Itaipú decide vender energía –ninguneando al Parlamento– en vez de potencia. (Según los expertos, la tarifa de la potencia es una “tarifa de propaganda”).
Para lograr este propósito fue necesario clasificar básicamente la energía en dos categorías: la primera, hasta 75.135.000 MWh, se designó como energía garantizada y a la otra, por arriba de lo estipulado como garantizada, energía adicional a la garantizada.
En la hipótesis que en un año Itaipú genere unos 90.000.000 de MWh, 75.135.000 tendrían garantizados su adquisición en un 95% y los restantes 14.865.000 solo en un 5%.
Es importante señalar que los costos de los componentes del servicio de electricidad (intereses por capital, deudas, royalties, resarcimientos, gastos de explotación, etc.) son cubiertos con la tarifa de la energía garantizada a US$ 43,80 el MWh (US$ 3.291.000.000 / 75.135.000 MWh). Los pagos por royalties y los resarcimientos por cargas administrativas están destinados a ambas márgenes.
Atendidos todos los costos de producción queda para Itaipú unos US$ 84.518.850. La cifra proviene de la venta de la energía adicional a la garantizada a una tarifa de US$ 5,69 el MWh (14.865.000 x 5,69).
¿Responsabilidad social?
La responsabilidad social es un compromiso asumido por importantes empresas para con la sociedad. Actualmente, la responsabilidad social es un concepto normativo, aunque no obligatorio, que dio origen a diferentes respuestas, especialmente ambientales.
En efecto, el 31 de marzo de 2005, por Nota Reversal Nº 1, los gobiernos deciden que son “… componentes permanentes de la actividad de generación de energía las iniciativas de responsabilidad social y ambiental desarrolladas por la Itaipú Binacional”.
El documento, sin ratificación parlamentaria, modifica el Tratado de Itaipú, alterando la misión que le imponen en el Artículo I: “Las Altas Partes Contratantes convienen en realizar, en común y de acuerdo a los previsto en el presente Tratado y sus Anexos, el aprovechamiento hidroeléctrico de los recursos hidráulicos del río Paraná, pertenecientes en condominio a los dos países, desde e inclusive el Salto del Guairá o Salto Grande de Sete Quedas hasta la boca del río Yguazú”.
El Anexo “C” del Tratado, IV, Ingresos, confirmaba que: “IV.1 El ingreso anual, derivado de los contratos de prestación de los servicios de electricidad, deberá ser igual, cada año, al costo del servicio establecido en este anexo”.
Indiferente a que lo pactado obliga (“pacta sunt servanda”), en un comunicado del 22 de junio de 2016, la vocero oficial de la Entidad Binacional ratificaba la Resolución 012 del año 2003, del Consejo de Administración: “…el Plan Estratégico de la Itaipú, periodo 2004-2008, en cuyo Anexo se determinó la Misión de la Itaipú para el citado ejercicio: Generar energía eléctrica de calidad, con responsabilidad social y ambiental, impulsando el desarrollo económico, turístico y tecnológico, sustentable en el Paraguay y en el Brasil”.
Así quedaba reivindicada la histórica política brasileña del hecho consumado con la complacencia interesada de los nuestros, que no logran asumir hasta hoy su compromiso con la patria y también con la justicia.
juanantoniopozzo@gmail.com

martes, 16 de agosto de 2016

Palos en la rueda

16 DE AGOSTO DE 2016

| ESPECIALISTAS AFIRMAN QUE YA NO HAY EXCUSAS PARA IMPEDIR EL CONTROL

Afirman que Tratado nunca prohibió la transparencia en las binacionales

El anuncio realizado por el canciller Eladio Loizaga de que están avanzadas las conversaciones con el Brasil para permitir que los organismos de control de los respectivos países tengan sus auditores en la Itaipú Binacional resulta innecesario, puesto que para ejercer el control de los bienes que pertenecen al Estado paraguayo no se requiere de la conformidad de otro país, aseguran.
“La transparencia en las binacionales nunca estuvo prohibida, por tanto, es un disparate lo que dice el canciller. Se burlan de nosotros, ya que el 50% de Itaipú y Yacyretá, pertenecen al Estado paraguayo”, afirmó el ingeniero Germán Escauriza, director de la organización Sociedad y Desarrollo y exintegrante de la Comisión de Entes Binacionales Hidroeléctricos (CEBH).
Agregó que el fallo del Tribunal de Cuentas de la Unión (TCU) del Brasil, que se declaró competente para auditar a la Itaipú Binacional el año pasado, echa por tierra el argumento de la Corte. Consideró necesario impulsar una política de transparencia en las binacionales, para lo cual el Tratado es bastante claro respecto a que cada país tendrá jurisdicción sobre su parte.
“Tanto ANDE como Eletrobrás son mandatarios de los respectivos Estados en Itaipú Binacional y tienen que rendirle cuentas a sus mandantes”, señaló Escauriza. Añadió que como propietarios, tanto el Estado brasileño como el paraguayo autorizan a la entidad a que se les pague a la ANDE por actos de supervisión en la binacional, pero esta no ejerce esta función, afirmó el especialista.
Explicó que estas normativas se establecieron en el Tratado para preservar los principios de igualdad y derechos entre ambos países. “Por eso, un organismo del Estado brasileño no puede venir a auditar en el lado paraguayo y viceversa. Para eso están los órganos administrativos de cada Estado, en nuestro caso la Contraloría”, insistió.
Escauriza también recordó que la Auditoría de la Nación Argentina cada año supervisa las cuentas y los balances de la Entidad Binacional Yacyretá (EBY). “La pregunta que cabe hacerse es: ¿Hay o no igualdad de derechos y obligaciones? Si la Auditoría General de la Nación Argentina audita a la EBY, por qué la Contraloría no puede hacerlo”, se preguntó.
Por su parte, el general (R) Juan Antonio Pozzo, autor de varios libros sobre la Itaipú, recordó que el TCU decidió abrir una fiscalización “eficaz y directa” sobre las cuentas de la Itaipú Binacional. “La mira está puesta sobre la composición del Consejo de Administración de la entidad binacional, ámbito en el que van a investigar el flujo de información entre los miembros de organismo a la alta administración de Itaipú y la Eletrobrás. La medida judicial que impedía la fiscalización fue totalmente levantada por la justicia brasileña”, recordó el analista e investigador.
Escándalos en el Brasil
La operación conocida en Brasil como “lava jato”, emprendida por la Justicia Federal y que desnudó una red de sobornos que involucró a políticos y empresas contratistas, salpicó a la Eletrobrás, copropietaria de la Itaipú Binacional. Según la prensa brasileña, el nuevo gobierno de Michel Temer intenta dejar al descubierto los manejos financieros de Itaipú, cuyo control por más de 13 años estuvo a cargo del Partido de los Trabajadores (PT).
Cabe mencionar que el extesorero nacional del PT, João Vaccari Neto, fue por casi once años consejero de Itaipú y hoy está preso acusado de haber recibido sobornos por US$ 200 millones.