domingo, 11 de septiembre de 2016

Los gastos sociales son ilegales

11 DE SETIEMBRE DE 2016


Itaipú, prisionera del clientelismo político

Breve reseña
El clientelismo político es visto como un intercambio extraoficial de favores, en el que los titulares de cargos políticos conceden prestaciones, generalmente bien remunerados puestos de trabajo a cambio de apoyo electoral y también pecuniario.
En las hidroeléctricas binacionales los cargos clientelísticos, tanto en los órganos de administración como en otros importantes, son para los “amigos”. La mayoría de ellos incondicionales al padrino político de turno y no a los altos intereses nacionales.
La Central Hidroeléctrica Itaipú tiene la misión exclusiva de producir energía a partir de las caudalosas aguas del río Alto Paraná. Sin embargo, adolecente de substanciosos réditos, habida cuenta que el costo del servicio de electricidad era igual al costo de la potencia contratada, urgía improvisarlos.
Causaba escozor que los desacostumbrados sueldos millonarios de los funcionarios de la binacional sean varias veces superiores a los de sus similares gubernamentales. Entonces, para atornillarse en los puestos, era menester crear otros rubros, sea en dinero o en especie (contratos), a disposición del poder político.
Prisionera de sus avatares, Itaipú dejó de cumplir su única tarea de producir energía limpia y barata. Fuera del Tratado de 1973, fue exigida a añadir a su misión original responsabilidades sociales ya contempladas en los programas de gobierno. Todo ello, aumentando el costo de servicio de electricidad en perjuicio de sus consumidores.
Era prioritaria para los órganos de administración de la binacional la satisfacción de sus padrinos políticos a cambio de las necesidades populares.
Las triquiñuelas ilegales
Para comercializar energía, en vez de potencia –a partir de las resoluciones 145 y 020 del Directorio Ejecutivo y el Consejo de Administración del año 2002– se clasificó la energía, básicamente en garantizada y en adicional a la garantizada.
Con la energía garantizada se cubría en su totalidad todos los componentes del costo de servicio de electricidad (incluso los royalties y los resarcimientos por supervisión).
Es así como la venta de la potencia y la tarifa mensual, resultante de la división entre el costo de servicio y la potencia contratada, quedó relegada a un segundo plano como mera tarifa de propaganda.
Entonces, pagados todos los servicios para el funcionamiento ideal de la enorme fábrica, los ingresos procedentes de la energía adicional a la garantizada quedaban liberados, sin ningún control estatal, al arbitrio de los administradores de Itaipú.
Sin embargo, fuera de los términos del Anexo “C” del Tratado, el ingreso adicional acrecentaba el costo de servicio de electricidad.
Solo en el 2015 este costo pasó de US$ 3.291.012.000 a US$ 3.367.382.000 (US$ 3.021.012.000, ingreso por energía garantizada + US$ 76.370.000, ingreso por energía adicional a la garantizada).
Una vez obtenidos los fondos, habría que aplicarlos, que solo será posible modificando la misión de la empresa binacional.
Irregular ampliación de la misión
Por simple resolución (Nº RCA-012/03) el Consejo de Administración aprobó “El Plan Estratégico de la Itaipú Binacional 2004-2008” propuesto por la Dirección Ejecutiva (RDE-109/03) el 7 de agosto de 2003. La nueva misión Institucional consistía en “Generar energía eléctrica, con responsabilidad social y ambiental, impulsando el desarrollo económico, turístico y tecnológico, sustentable, en el Paraguay y en el Brasil”.
Para confirmarlo, el 31 de marzo de 2005, en la Nota Reversal Nº 1, nuestra Cancillería acusaba recibo “de su nota del día de la fecha” del embajador brasileño que expresaba que la responsabilidad social y ambiental “… son aplicables a la Entidad Binacional Itaipú, que naturalmente ya viene desarrollando iniciativas de responsabilidad social y ambiental, incluidas en la Misión definida en el Plan Estratégico aprobado por su Consejo de Administración”.
No obstante, el 29 de junio de 2009, el Ministerio de Relaciones Exteriores del Paraguay respondía a la nota Nº 3366 de la Contraloría General de la República: “Al respecto, cumplo en informar a Vuestra Excelencia que dicho Instrumento Internacional no fue remitido al Congreso Nacional para su tratamiento y aprobación parlamentaria, por lo tanto no existen antecedentes sobre la realización de dicho procedimiento”.
La postura del senador Saguier
El 2 de setiembre del 2016, pese a que la Cancillería y la Itaipú se negaban a reconocerlo, el senador Miguel Abdón Saguier advertía –durante una audiencia convocada por el presidente de la Comisión de Relaciones Exteriores del Senado, Mario Abdo Benítez– a los principales responsables de la margen paraguaya que “se nota claramente que se está modificando la misión o finalidad inicial de la Itaipú, que en el artículo III del Tratado establece claramente que la entidad fue creada para realizar el aprovechamiento hidroeléctrico de los recursos hidráulicos del río Paraná”. Es más, remarcaba el senador, el acuerdo entre gobiernos no fue ratificado y es ilegal.
No obstante, los representantes de la margen derecha lo justificaron afirmando que los gastos sociales son parte de los gastos de explotación, lo que modificaba sustancialmente la finalidad del Tratado de Itaipú.
Mientras, parafraseando a Cicerón, el 8 de noviembre del año 63 a.c., en su Primera Catilinaria que daba a conocer la conjura de Catilina para hacerse del poder absoluto, expresamos:
“¿Quousque tandem, Catilina, abutere patientia nostra?”... ¿Hasta cuándo, Catilina, abusarás de nuestra paciencia?
juanantoniopozzo@gmail.com

0 comentarios: