23 de Noviembre de 2014
Un Paraguay indefenso
El doctor Blas Garay fue uno de los tantos defensores de la patria. En 1896, con solo 23 años, fue subsecretario de Hacienda del gobierno del general Juan Bautista Egusquiza. El general, a pesar de que Garay militaba en una corriente interna disidente, lo designó en la función confiado en su talento. Más adelante, con mucho acierto, lo envió a España con la delicada misión de obtener datos y documentos en el Archivo General de Indias (Sevilla) que justificaba la posesión paraguaya sobre el Chaco Boreal.
Todo lo relacionado a títulos, cédulas, provisiones y mapas que daban crédito a nuestra antigua e inveterada posesión pacífica sería de suma utilidad. Se estaba gestando el conflicto de límites con Bolivia, que después detonaría en la Guerra del Chaco (1932-1935).
Blas Garay cumplió con capacidad y laboriosidad la tarea que fue fundamental en años posteriores para la defensa del Chaco.
Infelizmente, para desgracia del país, Blas Garay falleció en plena juventud, a los 26 años de edad, sin poder contemplar su gran contribución a la nación.
Hubo otros muchos patriotas como Blas Garay que no titubearon en aportar sus conocimientos para reivindicar los derechos del Paraguay hasta los límites arcifinios del Chaco Boreal.
No obstante, transcurrido el tiempo, se fue diluyendo del acervo nacional el cúmulo de actitudes patrióticas como el de Blas Garay.
Como vívido ejemplo resalta Itaipú, emprendimiento binacional totalmente perjudicial a los intereses nacionales. De hecho, de manos de nuestros negociadores, se construyó un tercer Estado subordinado al Brasil para minimizar la participación nacional.
La propaganda oficial, con increíble ligereza, para encubrir el entreguismo y morigerar los abundantes cuestionamientos anunciaba que el Paraguay solo aportaba el agua. La abdicación escondida al escrutinio público, con funcionarios sin voluntad de objeción mandados por el general Stroessner, privó al Paraguay de su riqueza industrial más importante: Itaipú.
Un breve recuento recogido por la historia, de la que no se salva la etapa de la transición democrática corrompida por los incondicionales del régimen anterior, nos señala como se fue consolidando la entrega de nuestra soberanía energética al vecino país en Itaipú, por razones de “seguridad”, según alegaban los sumisos negociadores.
Obviando, el Acta de Foz de Yguazú de 1966, se formalizó la entrega gratuita de la energía excedente al Brasil en el Tratado de Itaipú de 1973. Itaipú se hizo cargo de la compensación por la cesión de energía. Recién desde 1986, la exigua compensación es abonada por el Estado brasileño. Así quedó atado el excedente paraguayo a la margen opuesta para ser comercializada por la Eletrobrás con pingües beneficios.
Como si fuera poco, por Nota Reversal Nº 7 del 26 de abril de 1973, se asignó a funcionarios brasileños en las principales direcciones del Directorio Ejecutivo. Desde entonces, haciendo tabla rasa de la cogestión paritaria, Itaipú quedó a cargo del Brasil.
Ya en 1993 –gobierno del ingeniero Juan Carlos Wasmosy– la Corte frenó la injerencia en la binacional de la Comisión de Ilícitos del Congreso (Ley 137/93), por contradecir, según José Antonio Moreno Rufinelli, el orden de prelación de las leyes. Decía el abogado, “... En consecuencia, cualquier interpretación extensiva de la Ley 137/93, que quiera imponer un control unilateral directo por medio de la Comisión de Ilícitos, atentaría contra el orden de prelación establecido en el Art. 129 (sic) de la Constitución Nacional” (Debernardi, p. 585, p. 586).
Durante el mismo gobierno, el 26 de diciembre de 1997, los ministros de la Corte Suprema de Justicia también hicieron lugar a una medida de urgencia solicitada por los abogados de Yacyretá, Itaipú y ANDE. Los ministros suspendieron, esta vez, los efectos de la Ley 1161/97 que obligaba a los funcionarios de las binacionales a informar y enviar documentación al Congreso y la Contraloría a través de la ANDE. Itaipú fue representada por el abogado Anastacio Acosta Amarilla; Yacyretá por Aníbal Scappini y la ANDE por Marcos Amarilla Lesme. La acción fue patrocinada por los doctores Juan Carlos Mendonca y José Antonio Moreno Ruffinelli.
Más tarde, en el año 2002, una vez clasificada ilegalmente la energía en categorías –gobierno del abogado Luis Ángel González Macchi– se completó la obra apropiándose indebidamente la Eletrobras de la mayor parte de la energía adicional a la garantizada, muy barata, quedando para la ANDE la migaja sobrante.
En el año 2011 –gobierno de Fernando Lugo– fue confirmada la inconstitucionalidad de la Ley 1161/97 por la Sala Constitucional de la CSJ.
La Sala Constitucional de la Corte con los votos de Antonio Fretes, Alicia Pucheta de Correa y Miguel Óscar Bajac, declararon inaplicable la Ley Nº 1161/97 “Que reglamenta las obligaciones de la Administración Nacional de Electricidad (ANDE)”.
El 24 de junio de 2011, ABC Color respondía con un furibundo editorial:
“Con los trastocados fundamentos normativos de su sentencia, lo que ha venido a establecer la Sala Constitucional es algo así como el reconocimiento de la existencia de dos nuevos estados independientes, las entidades binacionales Itaipú y Yacyretá, en las que las cuentas nacionales de las mismas no deberán ser informadas al Poder Legislativo ni a la Contraloría General de la República. Estas binacionales, que mueven inmensas sumas de dinero, no estarán sujetas en nuestro país a más control que el que quiera efectuar la ANDE. Los funcionarios paraguayos que se desempeñan como directores y consejeros de las binacionales tampoco estarán sujetos a más control que el que quiera hacer la ANDE. El Congreso no puede ejercer ninguna acción en la materia. El contralor general se encuentra con que la Sala Constitucional de hecho ha derogado el art. 283 inc. 4 de la Constitución, que le otorgaba la fiscalización de las cuentas nacionales de las entidades Itaipú y Yacyretá”.
Pero hay más, últimamente el fiscal general del Estado, Javier Díaz Verón, remitió dos dictámenes a la Corte Suprema de Justicia donde recomienda rechazar las acciones de inconstitucionalidad presentadas por la Entidad Binacional Yacyretá y la Itaipú Binacional contra la Ley N° 5189 de fecha 20 de mayo de 2014 que “establece la obligatoriedad de la provisión de informaciones en el uso de los recursos públicos sobre remuneraciones y otras retribuciones asignadas al servidor público de la República del Paraguay”.
En el dictamen donde, por fin con un sesgo patriota, se plantea el rechazo a la acción presentada por Itaipú Binacional, el fiscal general refiere textualmente en una parte: “La normativa hoy atacada de inconstitucional, apunta a constituirse como una herramienta para transparentar la gestión del Estado y combatir la corrupción, siendo este, uno de los males más graves que afecta a los sistemas democráticos”.
De esta manera, entre 1973 y 2014, las autoridades gubernamentales se encargaron de construir Estados binacionales, cerrando al Congreso Nacional o a la Contraloría General de la República toda posibilidad de controlarlos. Amparados en el blindaje jurídico, hoy día, una simple lista de niveles salariales solicitados por el Congreso Nacional son negados por funcionarios dependientes del Estado paraguayo. Si no fuera por la decisión del Ejecutivo, que al igual que el Fiscal apostaron –como debe ser- por la transparencia, se estaría aún expectante de la indecisión de la Corte sobre el pedido de inconstitucionalidad. Realmente, es de lamentar.
Itaipú
De hecho, de manos de nuestros negociadores, se construyó un tercer Estado subordinado al Brasil para minimizar la participación nacional.
Riqueza
La abdicación... con funcionarios... mandados por Stroessner, privó al Paraguay de su riqueza industrial más importante: Itaipú.
(*) Autor de los libros Itaipú, la apropiación indebida. Itaipú, una victoria bien brasileña. Itaipú, historia de un fraude y crónica de una entrega
Blas Garay cumplió con capacidad y laboriosidad la tarea que fue fundamental en años posteriores para la defensa del Chaco.
Infelizmente, para desgracia del país, Blas Garay falleció en plena juventud, a los 26 años de edad, sin poder contemplar su gran contribución a la nación.
Hubo otros muchos patriotas como Blas Garay que no titubearon en aportar sus conocimientos para reivindicar los derechos del Paraguay hasta los límites arcifinios del Chaco Boreal.
No obstante, transcurrido el tiempo, se fue diluyendo del acervo nacional el cúmulo de actitudes patrióticas como el de Blas Garay.
Como vívido ejemplo resalta Itaipú, emprendimiento binacional totalmente perjudicial a los intereses nacionales. De hecho, de manos de nuestros negociadores, se construyó un tercer Estado subordinado al Brasil para minimizar la participación nacional.
La propaganda oficial, con increíble ligereza, para encubrir el entreguismo y morigerar los abundantes cuestionamientos anunciaba que el Paraguay solo aportaba el agua. La abdicación escondida al escrutinio público, con funcionarios sin voluntad de objeción mandados por el general Stroessner, privó al Paraguay de su riqueza industrial más importante: Itaipú.
Un breve recuento recogido por la historia, de la que no se salva la etapa de la transición democrática corrompida por los incondicionales del régimen anterior, nos señala como se fue consolidando la entrega de nuestra soberanía energética al vecino país en Itaipú, por razones de “seguridad”, según alegaban los sumisos negociadores.
Obviando, el Acta de Foz de Yguazú de 1966, se formalizó la entrega gratuita de la energía excedente al Brasil en el Tratado de Itaipú de 1973. Itaipú se hizo cargo de la compensación por la cesión de energía. Recién desde 1986, la exigua compensación es abonada por el Estado brasileño. Así quedó atado el excedente paraguayo a la margen opuesta para ser comercializada por la Eletrobrás con pingües beneficios.
Como si fuera poco, por Nota Reversal Nº 7 del 26 de abril de 1973, se asignó a funcionarios brasileños en las principales direcciones del Directorio Ejecutivo. Desde entonces, haciendo tabla rasa de la cogestión paritaria, Itaipú quedó a cargo del Brasil.
Ya en 1993 –gobierno del ingeniero Juan Carlos Wasmosy– la Corte frenó la injerencia en la binacional de la Comisión de Ilícitos del Congreso (Ley 137/93), por contradecir, según José Antonio Moreno Rufinelli, el orden de prelación de las leyes. Decía el abogado, “... En consecuencia, cualquier interpretación extensiva de la Ley 137/93, que quiera imponer un control unilateral directo por medio de la Comisión de Ilícitos, atentaría contra el orden de prelación establecido en el Art. 129 (sic) de la Constitución Nacional” (Debernardi, p. 585, p. 586).
Durante el mismo gobierno, el 26 de diciembre de 1997, los ministros de la Corte Suprema de Justicia también hicieron lugar a una medida de urgencia solicitada por los abogados de Yacyretá, Itaipú y ANDE. Los ministros suspendieron, esta vez, los efectos de la Ley 1161/97 que obligaba a los funcionarios de las binacionales a informar y enviar documentación al Congreso y la Contraloría a través de la ANDE. Itaipú fue representada por el abogado Anastacio Acosta Amarilla; Yacyretá por Aníbal Scappini y la ANDE por Marcos Amarilla Lesme. La acción fue patrocinada por los doctores Juan Carlos Mendonca y José Antonio Moreno Ruffinelli.
Más tarde, en el año 2002, una vez clasificada ilegalmente la energía en categorías –gobierno del abogado Luis Ángel González Macchi– se completó la obra apropiándose indebidamente la Eletrobras de la mayor parte de la energía adicional a la garantizada, muy barata, quedando para la ANDE la migaja sobrante.
En el año 2011 –gobierno de Fernando Lugo– fue confirmada la inconstitucionalidad de la Ley 1161/97 por la Sala Constitucional de la CSJ.
La Sala Constitucional de la Corte con los votos de Antonio Fretes, Alicia Pucheta de Correa y Miguel Óscar Bajac, declararon inaplicable la Ley Nº 1161/97 “Que reglamenta las obligaciones de la Administración Nacional de Electricidad (ANDE)”.
El 24 de junio de 2011, ABC Color respondía con un furibundo editorial:
“Con los trastocados fundamentos normativos de su sentencia, lo que ha venido a establecer la Sala Constitucional es algo así como el reconocimiento de la existencia de dos nuevos estados independientes, las entidades binacionales Itaipú y Yacyretá, en las que las cuentas nacionales de las mismas no deberán ser informadas al Poder Legislativo ni a la Contraloría General de la República. Estas binacionales, que mueven inmensas sumas de dinero, no estarán sujetas en nuestro país a más control que el que quiera efectuar la ANDE. Los funcionarios paraguayos que se desempeñan como directores y consejeros de las binacionales tampoco estarán sujetos a más control que el que quiera hacer la ANDE. El Congreso no puede ejercer ninguna acción en la materia. El contralor general se encuentra con que la Sala Constitucional de hecho ha derogado el art. 283 inc. 4 de la Constitución, que le otorgaba la fiscalización de las cuentas nacionales de las entidades Itaipú y Yacyretá”.
Pero hay más, últimamente el fiscal general del Estado, Javier Díaz Verón, remitió dos dictámenes a la Corte Suprema de Justicia donde recomienda rechazar las acciones de inconstitucionalidad presentadas por la Entidad Binacional Yacyretá y la Itaipú Binacional contra la Ley N° 5189 de fecha 20 de mayo de 2014 que “establece la obligatoriedad de la provisión de informaciones en el uso de los recursos públicos sobre remuneraciones y otras retribuciones asignadas al servidor público de la República del Paraguay”.
En el dictamen donde, por fin con un sesgo patriota, se plantea el rechazo a la acción presentada por Itaipú Binacional, el fiscal general refiere textualmente en una parte: “La normativa hoy atacada de inconstitucional, apunta a constituirse como una herramienta para transparentar la gestión del Estado y combatir la corrupción, siendo este, uno de los males más graves que afecta a los sistemas democráticos”.
De esta manera, entre 1973 y 2014, las autoridades gubernamentales se encargaron de construir Estados binacionales, cerrando al Congreso Nacional o a la Contraloría General de la República toda posibilidad de controlarlos. Amparados en el blindaje jurídico, hoy día, una simple lista de niveles salariales solicitados por el Congreso Nacional son negados por funcionarios dependientes del Estado paraguayo. Si no fuera por la decisión del Ejecutivo, que al igual que el Fiscal apostaron –como debe ser- por la transparencia, se estaría aún expectante de la indecisión de la Corte sobre el pedido de inconstitucionalidad. Realmente, es de lamentar.
Itaipú
De hecho, de manos de nuestros negociadores, se construyó un tercer Estado subordinado al Brasil para minimizar la participación nacional.
Riqueza
La abdicación... con funcionarios... mandados por Stroessner, privó al Paraguay de su riqueza industrial más importante: Itaipú.
(*) Autor de los libros Itaipú, la apropiación indebida. Itaipú, una victoria bien brasileña. Itaipú, historia de un fraude y crónica de una entrega