domingo, 5 de junio de 2016

Vendiendo energía en vez de potencia

05 DE JUNIO DE 2016


¿Qué vende Itaipú?

Itaipú genera y vende electricidad a las empresas compradoras. Sobre la electricidad, fuente energética por excelencia, estriba el desarrollo humano.
No obstante, el tratado le exige a Itaipú vender potencia. Pero desde el 2002, tirando al mazo el “pacta sunt servanda”, la entidad binacional se dedica a vender energía. “Cosas veredes”, como lo hemos oído alguna vez, que no son más que perplejidades o sorpresas de Itaipú.
Entonces viene a cuento la muy paraguaya naranja. Una docena de ellas, exprimidas convenientemente se convierte en litros de jugo de naranja. El fruto sería la potencia y el jugo la energía.
–A los efectos formales, Itaipú sigue vendiendo potencia.
–Para determinar su tarifa mensual se calcula cuánto le cuesta a la empresa binacional producir en un año 145.620.000 kilovatios de potencia para satisfacer la demanda de las empresas compradoras, ANDE y Eletrobrás. Según los cálculos, US$ 3.291.000.000 serían costo de producción. Dividiéndola por la potencia disponible (3.291.000.000/145.620.000), la tarifa de la potencia a ser contratada mensualmente resultaba en US$ 22,60 el kilovatio mes.
Con el costo de servicio de electricidad se debe atender todos los compromisos asumidos. El costo debe ser igual a los ingresos.
En el año 2009, ingresó US$ 3.291.000.000 egresando igual suma de dinero conforme a los siguientes porcentajes:
En partes iguales ANDE y Eletrobrás, utilidades por el capital integrado (1,31%); cargas financieras de los préstamos recibidos y su amortización (63,50%); en partes iguales royaltíes (13,41%); en partes iguales resarcimientos por cargas de administración y supervisión (1,03%); gastos de explotación (18,99%) y los saldos de la cuenta de explotación (2,22%).
–A los efectos reales, Itaipú comercializa energía.
–La energía, medida en megavatios hora, básicamente está dividida en firme o garantizada y en adicional a la garantizada o secundaria.
Para determinar la tarifa de la energía garantizada, cuya provisión sería segura en un 95%, se divide el costo de producción entre la cantidad considerada energía firme o garantizada o sea US$ 3.291.000.000 / 75.135.000 MWh = US$ 43,80. El resultado es la tarifa de cada megavatio hora.
Para la energía adicional, recurrieron a una fórmula que incluye un factor multiplicador y factor de ajuste con respecto a la fluctuación del dólar norteamericano: 4,0 (k) x US$ 0,650 el MWh x 2,03128 (FA) = US$ 5,28 el MWh.
4,0 (k) x US$ 0,050 el MWh x 2,03128 (FA) = US$ 0,41 el MWh.
Tarifa de energía secundaria US$ 5,28 + US$ 041 = 5,69 el MWh.
Ahora bien, con la energía firme o garantizada ya debiera cubrirse suficientemente los Costos de Servicio de Electricidad. En efecto, 75.135.000 megavatios hora, comercializados por Itaipú a US$ 43,80 el megavatio hora, producirían una renta o ingreso anual de unos US$ 3.291.000.000 (75.135.000 X 43,80) cantidad suficiente para atender los compromisos.
Como en el año 2009, Itaipú generó 91.651.000 megavatios hora de energía, quedaría como energía secundaria (91.651.000 – 75.135.000) 16. 516.000 megavatios hora que, comercializados a US$ 5,69 el megavatio hora, representaría unos US$ 93.976.040.
El monto conseguido por la energía secundaria, como no está estipulado en el tratado y en vista al “pacta sunt servanda”, su aplicación es complicada.
Recurrimos al ingeniero Ernesto Samaniego para corroborar el aserto:
“Para el 2002 se establece una ‘energía garantizada’ (o firme) vinculada a la potencia contratada de 75.170.000 MWh (10.787 MW x 365 días x 24 h x 0,795) y se incluye una variante, que es la emisión de facturas en concepto de royalties y resarcimientos sobre la parte de la ‘energía adicional a la potencia contratada’. Cabe señalar que el Tratado no contempla la facturación de energía generada para efectos del pago de royalties y resarcimientos” (ABC, 25 octubre 2015).
–La mitad de la energía secundaria es de Paraguay.
–Con relación a la energía secundaria Samaniego, exconsejero de Itaipú y ex gerente de Planificación de la ANDE, señala “…lo demás es ‘sobrante’ y debe ser repartido en partes iguales; existe una sentencia en los tribunales brasileños que determinaba la pertenencia (de la energía secundaria) en partes iguales entre Paraguay y Brasil”.
Habida cuenta de que nuestro consumo anual, proveniente de Itaipú, no supera los 12.000.000 de megavatios hora, disponiendo de la mitad de la energía adicional a la garantizada, como establece el tratado, se abarataría enormemente en el país (en más del 60%) la tarifa de la electricidad.
juanantoniopozzo@gmail.com

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