Por General (R) Juan Antonio Pozzo Moreno (*), artículo publicado en Abc Color el domingo, 30 de diciembre de 2012
- Los abogados del Chaco
El título de este artículos es la reflexión, con motivo de un nuevo año, que nos debemos los paraguayos. El presidente John Fitzgerald Kennedy lo proclamaba como eje central de su Política de Gobierno.
- Los abogados del Chaco
El título de este artículos es la reflexión, con motivo de un nuevo año, que nos debemos los paraguayos. El presidente John Fitzgerald Kennedy lo proclamaba como eje central de su Política de Gobierno.
Fulgencio R. Moreno. Foto de Portal Guaraní, extraída de Google Image |
Muchos años antes que Kennedy, así lo entendieron Fulgencio R. Moreno y otros patriotas, por cuyas obras nuestros soldados fueron al Chaco convencidos de la verdad que sustentaba la causa paraguaya.
El abogado de la patria, argumentaba en “La cuestión de límites con Bolivia”, publicado en 1928, que “el diferendo que se ventila, entre los dos países es, pues, sobre la determinación de sus respectivas fronteras. La cuestión pendiente entre el Paraguay y Bolivia es de delimitación no territorial”.
Moreno, con esta tesis excluía el territorio del Chaco del conflicto y de toda polémica. Establecía de esta forma la realidad jurídica del problema con pruebas de evidencia innegable del dominio paraguayo al occidente de su río, desde el Pilcomayo hasta las posesiones brasileñas.
El dominio, ejercido sin interrupción y sin reclamos por más de medio siglo de vida independiente y en todo el tiempo colonial –no reclamado sino por el contrario reconocido por el Gobierno de Bolivia en diversas ocasiones durante ese período– cerraba toda posibilidad a las pretensiones posteriores surgidas ocasionalmente sobre dicha zona territorial nunca admitida por el Paraguay. A pesar de su política cordial con la nación hermana, no existía la menor posibilidad de someter en discusión la soberanía paraguaya.
Otro de los firmes defensores de esta causa nacional fue Blas Garay. En 1896, cuando tenía tan solo 23 años de edad, ocupó la Subsecretaría de Hacienda durante el gobierno del general Juan Bautista Egusquiza. El presidente lo designó, gracias a su talento, a pesar de que militaba en una corriente interna disidente.
Posteriormente, el jefe de Estado lo envió a España con la delicada misión de obtener datos y documentos en el Archivo General de Indias (Sevilla). Todo lo relacionado a títulos, cédulas, provisiones y mapas que acreditaban nuestra antigua e inveterada posesión pacífica del Chaco Boreal. Se estaba incubando el conflicto de límites con Bolivia, que detonaría luego en la Guerra del Chaco (1932-1935). Garay cumplió con capacidad y laboriosidad una tarea que fue fundamental en años posteriores para la defensa de los intereses nacionales. Blas Garay falleció en plena juventud a los 26 años de edad sin poder contemplar su gran contribución al servicio de la patria.
Muchos otros patriotas, intelectuales como aquellos, no dudaron en aportar sus conocimientos para reivindicar los derechos del Paraguay hasta los límites arcifinios del Chaco boreal.
- Cambiaron los tiempos. Breve recuento histórico
No obstante, los tiempos cambiaron. Con argumentos jurídicos que no respondían a los intereses del Paraguay, se construyó en la entidad binacional Itaipú un tercer Estado subordinado al Brasil para sustraerlo del ámbito estatal paraguayo y paralizar su participación. La propaganda oficial triunfalista, para morigerar los continuos cuestionamientos, difundía que el Paraguay solo aportaba el agua. La iniciativa, bajo el mandato del general Alfredo Stroessner (1954-1989) apoyados por funcionarios leales a su servicio, privó al Paraguay de su riqueza industrial más importante: Itaipú.
No obstante, los tiempos cambiaron. Con argumentos jurídicos que no respondían a los intereses del Paraguay, se construyó en la entidad binacional Itaipú un tercer Estado subordinado al Brasil para sustraerlo del ámbito estatal paraguayo y paralizar su participación. La propaganda oficial triunfalista, para morigerar los continuos cuestionamientos, difundía que el Paraguay solo aportaba el agua. La iniciativa, bajo el mandato del general Alfredo Stroessner (1954-1989) apoyados por funcionarios leales a su servicio, privó al Paraguay de su riqueza industrial más importante: Itaipú.
Un breve recuento recogido por la historia, de la que no se salva la etapa de la transición democrática inficionada por los leales del régimen anterior, nos señala como se fue consolidando la entrega de nuestra soberanía energética al vecino país a través de Itaipú. Todas ellas por ambiguas razones de seguridad, según se alegaba, en el marco del statu quo.
En efecto, mediante el Tratado de Itaipú del 26 de abril de 1973, los cancilleres Raúl Sapena Pastor y Mario Gibson Barboza formalizaron la entrega gratuita de la energía excedente al Brasil. Itaipú se hizo cargo de la compensación por la cesión de energía. A partir de 1986, esta ínfima compensación es abonada por el Estado brasileño y es así como el excedente paraguayo quedó comercializado, en el mercado brasileño con pingües beneficios, por la Eletrobrás y no por la ANDE.
Como si fuera poco, por Nota Reversal Nº 7 del 26 de abril de 1973, se asignó a funcionarios brasileños en las principales direcciones del Directorio Ejecutivo. Desde entonces, haciendo tabla rasa de la cogestión paritaria, Itaipú quedó a cargo del Brasil.
En el 2002, una vez clasificada la energía en categorías –Gobierno del abogado Luis Ángel González Macchi– se completó la obra con la apropiación indebida por la Eletrobrás de la mayor parte de la energía adicional a la garantizada, muy barata, quedando para provecho de la ANDE una mínima porción de ella.
En 1993 – Gobierno del Ing. Juan Carlos Wasmosy- la Corte frenó la injerencia en la binacional de la Comisión de Ilícitos del Congreso (Ley 137/93), por contradecir, según José Antonio Moreno Rufinelli, el orden de prelación de las leyes. “… En consecuencia, cualquier interpretación extensiva de la Ley 137/93, que quiera imponer un control unilateral directo por medio de la Comisión de Ilícitos, atentaría contra el orden de prelación establecido en el art. 129(sic) de la Constitución Nacional” (Ddebernardi, p.585, p.586).
Durante el mismo gobierno, el 26 de diciembre de 1997, los ministros de la Corte Suprema de Justicia hicieron lugar a una medida de urgencia solicitada por los abogados de Yacyretá, Itaipú y ANDE. Los ministros suspendieron, esta vez, los efectos de la Ley 1161/97 que obligaba a los funcionarios de las binacionales a informar y enviar documentación al Congreso y la Contraloría a través de la ANDE. De acuerdo con ABC Color, Itaipú fue representado por el abogado Anastacio Acosta Amarilla; Yacyretá por Aníbal Scappini y la ANDE por Marcos Amarilla Lesme. La acción fue patrocinada por los doctores Juan Carlos Mendonca y José Antonio Moreno Ruffinelli.
En el año 2011 -Gobierno de Fernando Lugo- fue confirmado la inconstitucionalidad de la Ley 1161/97 por la Sala Constitucional de la CSJ.
La Sala Constitucional de la Corte, con los votos de Antonio Fretes, Alicia Pucheta de Correa y Miguel Oscar Bajac, declararon inaplicable la Ley Nº 1161/97, “Que reglamenta las obligaciones de la Administración Nacional de Electricidad (ANDE)”.
El 24 de junio de 2011, parte del furibundo editorial de ABC Color expresaba:
“Con los trastocados fundamentos normativos de su sentencia, lo que ha venido a establecer la Sala Constitucional es algo así como el reconocimiento de la existencia de dos nuevos estados independientes, las entidades binacionales Itaipú y Yacyretá, en las que las cuentas nacionales de las mismas no deberán ser informadas al Poder Legislativo ni a la Contraloría General de la República. Estas binacionales, que mueven inmensas sumas de dinero, no estarán sujetas en nuestro país a más control que el que quiera efectuar la ANDE. Los funcionarios paraguayos que se desempeñan como directores y consejeros de las binacionales tampoco estarán sujetos a más control que el que quiera hacer la ANDE. El Congreso no puede ejercer ninguna acción en la materia. El contralor general se encuentra con que la Sala Constitucional de hecho ha derogado el art. 283 inc. 4 de la Constitución, que le otorgaba la fiscalización de las cuentas nacionales de las entidades Itaipú y Yacyretá”.
De esta manera, entre 1973 y 2011, las autoridades oficialistas gubernamentales se encargaron de construir Estados binacionales, cerrando al Congreso Nacional o a la Contraloría General de la República toda posibilidad de controlarlos. Amparados en el blindaje jurídico, hoy día, una simple lista de niveles salariales solicitados por el Congreso Nacional, son negados por funcionarios dependientes del Estado paraguayo. Realmente, es de lamentar.
Gratuita
Mediante el Tratado de Itaipú del 26 de abril de 1973, los cancilleres formalizaron la entrega gratuita de la energía excedente al Brasil.
Control
Entre 1973 y 2011 las autoridades crearon Estados binacionales, cerrando al Congreso o a la CGR la posibilidad de controlarlos.
(*) Autor de los libros Itaipú, una apropiación indebida e Itaipú, una gran victoria brasileña.
juanantoniopozzo@gmail.com